REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

Cibido oficio Nº s/n, con actuaciones anexas en horas de despacho del día de hoy Dieciséis de Septiembre de Dos Mil Ocho.

Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ
Secretario Titular
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Diecinueve de Septiembre de Dos Mil Ocho.
197° y 148°
Por recibido procedente de la Defensoria del Niño y del Adolescente “Sor Inés” Rubio Estado Táchira. Désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Regístrese en el Libro correspondiente. Por cuanto se observa que se celebró Acto Conciliatorio, de obligación de Manutención a la Adolescente NARKALY YURELBY TARAZONA GARCIA la cual se encuentra en estado gestacional. en fecha 19 de Agosto de 2.008, por parte del Ciudadano DIEGO ANTONIO BARRERA REGUEROS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.959.829, conforme con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las partes en pleno uso de sus facultades y en libre expresión de su voluntad, acuerdan: PRIMERO: DIEGO ANTONIO BARRERA REGUEROS, ya identificado, se obliga a pagar por concepto de obligación alimentaria prenatal a beneficio del hijo concebido con la adolescente NARKALY YURELBUY TARAZONA GARCIA, la cantidad de Trescientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 300,00) mensuales, los cuales dará a la madre de la adolescente, Ciudadana NANCY MARISOL GARCIA GUERRERO; SEGUNDO: La madre de la adolescente se compromete a destinar el dinero, mencionado, para los controles prenatales y las medicamentos que amerite su hija, en atención a su estado gestacional. TERCERO: Las parte solicitan la homologación del presente acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Visto lo anterior este Tribunal acuerda de conforme al artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGAR el Convenimiento, a fin que se proceda como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley lo declara Homologado. CÚMPLASE. Notifíquese a la Fiscalía Especializada Décima Cuarta para la Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.

Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.



Abg. ANA RAMONA ACUÑA
Jueza Provisoria



Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ
Secretario Titular

En la misma fecha se le dio entrada bajo en N° 3117-08 del libro respectivo, se libraron los oficios Nº 3170- , dirigido a la Fiscalía, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.