REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 198° y 149°
San Cristóbal, veintinueve (29) de septiembre de dos mil ocho (2008)
ACTA
ASUNTO N° SP01-L-2008-000269
PARTE ACTORA: GERARDO LÓPEZ AÑEZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSÉ ELISEO MOLINA CHACÓN y NURY AMINTA URBINA BUSTOS.
PARTE DEMANDADA: GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA.
ABOGADOS COAPODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN AURORA IBARRA de DE SANTIS, RAIZA MIRELA TORRES CARRILLO, MADALEN HARTOM VIVAS CAMPOS, MARISOL DEL CARMEN GIL TERÁN, YELENA ELSY CERA DE LA CRUZ y otros.
MOTIVO: COBRO DE INTERESES DE MORA SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, veintinueve (29) de septiembre de 2008, siendo las 2:45 p.m., concedido un lapso de espera de quince (15) minutos dado que estaba fijada para las 2:30 p.m. y el lapso de espera fue acordado por las partes en el acta de la instalación de la Audiencia en fecha 22 de mayo de 2008, siendo la oportunidad para que se realizara la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada representada por su coapoderada judicial la Abogada YELENA ELSY CERA DE LA CRUZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 38.915, y de la incomparecencia de la parte demandante, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero La Secretaria,
Abg. Martha I. Muñoz Pérez.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 198° y 149°
San Cristóbal, veintinueve (29) de septiembre de dos mil ocho (2008)
ACTA
ASUNTO N° SP01-L-2008-000269
PARTE ACTORA: GERARDO LÓPEZ AÑEZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSÉ ELISEO MOLINA CHACÓN y NURY AMINTA URBINA BUSTOS.
PARTE DEMANDADA: GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA.
ABOGADOS COAPODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN AURORA IBARRA de DE SANTIS, RAIZA MIRELA TORRES CARRILLO, MADALEN HARTOM VIVAS CAMPOS, MARISOL DEL CARMEN GIL TERÁN, YELENA ELSY CERA DE LA CRUZ y otros.
MOTIVO: COBRO DE INTERESES DE MORA SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, veintinueve (29) de septiembre de 2008, siendo las 2:45 p.m., concedido un lapso de espera de quince (15) minutos dado que estaba fijada para las 2:30 p.m. y el lapso de espera fue acordado por las partes en el acta de la instalación de la Audiencia en fecha 22 de mayo de 2008, siendo la oportunidad para que se realizara la Prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada representada por su coapoderada judicial la Abogada YELENA ELSY CERA DE LA CRUZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 38.915, y de la incomparecencia de la parte demandante, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero La Secretaria,
Abg. Martha I. Muñoz Pérez.
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