ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-1999-000011
ASUNTO : LL11-P-1999-000011

Visto que al folio 957 del presente asunto, corre inserto oficio N° 01 de fecha 21-08-2008, procedente de la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina con sede en San Juan de Lagunillas, donde notifican que el cómputo de Redención de pena de fecha 13-08-2008, correspondiente al penado MARQUEZ MORENO OMAR, presenta error involuntario en las sumas de las Redenciones, y por ende la fecha de cumplimiento de pena no es la correcta, en tal sentido, éste Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El vigía, ACUERDA elaborar un nuevo cómputo actualizado, a los fines de que se determine la fecha en que el penado cumplirá su pena y así subsanar el error involuntario, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, al efecto, se observa que el penado fue detenido en una primera oportunidad en fecha 28-10-1994 hasta el 18-08-2004, es decir por 09 años, 09 meses y 21 días, posteriormente fue detenido en fecha 08-06-2007 hasta el 11-06-2007, es decir por 03 días y por ultimo fue detenido en fecha 04-07-2007 permaneciendo en las misma condiciones hasta la presente fecha 09-10-2008, es decir, por 01 año, 03 meses y 05 días, sumadas las 3 detenciones más dos redenciones de fechas 13-05-2002, por 03 años, 08 meses y 04 días, 12-08-2008 por 09 meses y 05 días, le dá un total de pena cumplida con redención de 15 años, 06 meses y 08 días, y por cuanto le fue acumulada penas en decisión de fecha 06-11-2007, quedando en definitiva por cumplir la pena de 20 años y 08 meses de presidio, por los delitos de ROBO AGRAVADO Y HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, es por lo que le falta por cumplir 05 años, 01 mes y 22 días, la cual culminará en fecha 01 de diciembre de 2013, al finalizar el día. Mediante oficio remítase copia del presente cómputo a la Dirección del Centro Penitenciario, a los fines de responder a lo solicitado. Líbrese oficio. Cúmplase.
JUEZ DE EJECUCIÓN

ABOG. ZOILA ROSA NOGUERA
SECRETARIA,

ABG