REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 14 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2007-002859
ASUNTO : SP11-P-2007-002859


RESOLUCIÓN
Vista la solicitud formulada por la Defensora Pública abogada BETTY SANGUINOPEREZ, en representación de su defendido ciudadano JOSE ALFREDO RAMIREZ VARGAS, quien dijo ser nacional colombiano, mayor de edad, natural de San Luis, Cúcuta, República de Colombia, nacido en fecha 8 de noviembre de 1.957, de 50 años de edad, con cédula de ciudadanía Nº V-13.255.508, de estado civil divorciado, hijo de Mario de Jesús Ramírez (f) y de Ana Josefa Vargas (v), de oficio conductor, residenciado en la Avenida 4 N° 15-20 barrio San Luis, Cúcuta, República de Colombia, consignada ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial en fecha 11-08-2008, recibida por el Tribunal en fecha 02-10-2008, mediante el cual requiere ampliación del Régimen de Presentaciones que viene cumpliendo el imputado cada quince (15) días, por presentaciones una vez cada treinta (30) días, en virtud de que el ciudadano JOSE ALFREDO RAMIREZ VARGAS, tiene actualmente un trabajo fijo y se le esta dificultando que le concedan el permiso en su lugar de trabajo para poder cumplir con las mismas. El Tribunal para decidir observa:

Primero.- En fecha 06-10-2008 se libró oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que ese despacho informara al Tribunal sobre el Record de Presentaciones del ciudadano JOSE ALFREDO RAMIREZ VARGAS.

Segundo.- En fecha 09 de Octubre de 2008, se recibió respuesta de Alguacilazgo sobre el record de presentaciones, anexando la correspondiente copia de registro de las mismas.

Este Tribunal, habiendo revisado las presentes actuaciones, considera procedente la ampliación del régimen de presentaciones para el imputado JOSE ALFREDO RAMIREZ VARGAS, solicitado por la Defensora Pública BETTY SANGUINO PEREZ, en virtud de que el mencionado imputado hasta la presente fecha, ha demostrado el fiel cumplimiento de la medida cautelar que le fue impuesta; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.




ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: UNICO.- ACUERDA la ampliación del régimen de presentaciones del imputado JOSE ALFREDO RAMIREZ VARGAS, quien dijo ser nacional colombiano, mayor de edad, natural de San Luis, Cúcuta, República de Colombia, nacido en fecha 8 de noviembre de 1.957, de 50 años de edad, con cédula de ciudadanía Nº V-13.255.508, de estado civil divorciado, hijo de Mario de Jesús Ramírez (f) y de Ana Josefa Vargas (v), de oficio conductor, residenciado en la Avenida 4 N° 15-20 barrio San Luis, Cúcuta, República de Colombia, de una vez cada quince (15) días, a una vez cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, ofíciese lo conducente a la Oficina de Alguacilazgo y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público.


EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABG. ESTEBAN RAMÓN QUINTERO




LA SECRETARIA