REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, 08 de Octubre de 2008.


Visto el oficio N° 3607 de fecha 02 de Septiembre de 2008, presentado por el ABG. JORGE CASTILLO Consultor Jurídico del Internado judicial de Barinas TCNEL. (EJ) JOSE GREGORIO GUARIRAPA Director INJUBA, mediante el cual remiten la solicitud de traslado voluntario que realiza el penado QUIÑONES FRANKLIN ALEXIS párale Centro Penitenciario de Occidente párale Centro Penitenciario de Occidente, en virtud de que la familia del penado vive en el Estado Táchira.

Analizado el escrito de solicitud anteriormente relacionado esta Juzgadora resuelve: autorizar el traslado del penado QUIÑONES FRANKLIN ALEXIS párale Centro Penitenciario de Occidente, ya que su apoyo familiar se encuentra domiciliado en el estado Táchira.
Líbrese Notificación al Fiscal Penitenciario y a la Defensa. Ofíciese al Internado Judicial de Barinas, al Tribunal de Ejecución que por Distribución correspondió conocer en Control y Vigilancia de la presente causa en el Estado Barinas. Cópiese, notifíquese y cúmplase,



Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN






Abg. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ

SECRETARIA


Causa N° E3-2967
ISB