En el día de hoy, miércoles quince de octubre de dos mil ocho, siendo las 10:00 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio FRANQUIL VICENTE GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.338 quien actúa con el carácter de demandante, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, ubicado en el Edificio Nacional de esta ciudad de San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la media de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre bienes propiedad de la parte demandada ISABEL MILAGROS BOTTÍNI DE PRIETO, en el JUICIO que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES se sigue en el expediente N° 4071 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Se encuentra presente el ciudadano JUAN JOSÉ MOLINA CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V-5.025.584, en su condición de Juez Temporal de este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir. Seguidamente, este Juzgado Ejecutor de Medidas procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Tribunal Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Señalo para ser embargado ejecutivamente la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS BOLÍVARES, (Bs. 2.705.936,00) equivalente a DOS MIL SETECIENTOS CINCO BOLÍVARES CON 93 CÉNTIMOS, (Bs. 2.705,93) que a nombre de este Tribunal Tercero de Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial se encuentran depositados en BANFOANDES en beneficio de la ciudadana ISABEL MILAGROS BOTTINI DE PRIETO y el cual el mencionado Tribunal ordenó aperturar en fecha 19 de julio de 2006, emitiendo cheque contra la cuenta corriente N° 0001-11-0000120592, depósito que se ordena como consecuencia del Acto de Venta en Pública Subasta efectuado el día 11 de julio de 2006, acto éste donde se le adjudica en plena propiedad a la ciudadana NUBIA ZULEIMA APARICIO LEÓN, titular de la cédula de identidad N° V-10.192.320 el dominio y posesión de los derechos y acciones que le correspondían a ISABEL MILAGROS BOTTINI DE PRIETO, ya identificada, sobre dos parcelas cuyos datos de registro, linderos y medidas constan en dicha acta. Todo según consta en el expediente 4071 de las causas llevadas por este Tribunal, es todo”. En este estado el Tribunal visto el señalamiento efectuado por la parte ejecutante procede a verificar lo indicado, a tal efecto requirió el expediente N° 4071 donde se constata lo siguiente: Efectivamente en el expediente N° 4071 llevado por el Tribunal Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial se evidencia juicio seguido por NUBIA ZULEIMA APARICIO LEÓN contra ISABEL MILAGROS BOTTINI DE PRIETO (también demandada en la presente ejecución), por PARTICIÓN. Se evidencia igualmente que en fecha 11 de julio de 2006 se llevó a cabo el segundo Acto de Venta Pública de Subasta de los derechos y acciones que le correspondían a la demandada ISABEL MILAGROS BOTTINI DE PRIETO, sobre las dos parcelas que adquirió por gananciales donde le fue adjudicada la buena pro a la ciudadana NUBIA ZULEIMA APARICIO LEÓN, sobre las referidas parcelas ampliamente identificadas en el acta de remate. De igual manera se evidencia que el Tribunal de la Causa ordenó la apertura de una cuenta de ahorros a su orden en la Institución Financiera BANFOANDES por la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS BOLÍVARES, (Bs. 2.705.936,00), y a tal efecto libró cheque signado con el N° 60774126 por la cantidad antes indicada y acordó aperturar con dicho cheque una cuenta de ahorros a nombre del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes, cuya beneficiaria será la ciudadana ISABEL MILAGROS BOTTINI DE PRIETO, titular de la cédula de identidad N° V-5.308.192 (parte ejecutada en la presente ejecución). En este estado el Tribunal verificado como se encuentra la existencia de un crédito a favor de la demandada en la presente comisión el cual puede ser objeto de embargo, procede a declarar formalmente EMBARGADO EJECUTIVAMENTE la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS BOLÍVARES, (Bs. 2.705.936,00), equivalentes en la actualidad a la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS CINCO BOLÍVARES CON 93 CÉNTIMOS, (Bs. 2.705,93) de y en consecuencia se declara la DESPOSESIÓN JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Articulo 536 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto el Tribunal Comitente de la presente ejecución es a su vez el mismo Tribunal de la Causa donde cursa el expediente N° 4071 donde existe el crédito a favor de la demandada ISABEL MILAGROS BOTTINI DE PRIETO, se considera inoficioso solicitar el cheque de gerencia correspondiente por el monto embargado a nombre del Tribunal de la Causa, en tal sentido no se requiere el mismo en el presente caso, lo cual deberá seguir el trámite procedimental correspondiente por encontrarse el dinero embargado ya depositado en este Tribunal. Asimismo este Tribunal Ejecutor de Medidas (comisionado) acuerda expedir copia certificada de la presente acta y hacer entrega de la misma al Juez Temporal notificado, para que sea agregada al expediente N° 4071, todo de conformidad con el Único parágrafo del Articulo 593 del Código de Procedimiento Civil. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 11:00 a. m. y regresa a sus labores. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE DEMANDANTE,


ABG. FRANQUIL VICENTE GUERRERO
EL JUEZ TEMPORAL NOTIFICADO,


ABG. JUAN JOSÉ MOLINA CAMACHO



LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO