REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 03 de Octubre de 2007.

198º y 149º

Vista la diligencia de fecha 01-10-2008 (F. 86), suscrita por el abogado JUAN FRANCISCO BARRIOS MILIANI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66897, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandante en la presente causa, mediante la cual informa al Tribunal “…por cuanto la parte demandada cumplió pagando las cantidades señaladas en el decreto de Intimación y en vista de que ya no existe la obligación que origino el presente juicio…” Este Tribunal Conforme a lo solicitado Dispone: Primero: LEVANTA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha 08-02-2006, Acordándose oficiar lo conducente al ciudadano Registrador Correspondiente. Segundo: Acuerda El Desglose solicitado del folio 07, dejándose copia fotostática certificada en su lugar y el original para ser entregado a la parte solicitante. Tercero: Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente



Josué Manuel Contreras Zambrano
EL JUEZ Jocelynn Granados Serrano
Secretaria


JMCZ/y.r.-
Exp: 18252-2006