este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley y se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada; asimismo se acuerda hacer el desglose solicitado del Instrumento Cambiario objeto de la acción y en su defecto déjese copia fotostática certificada en su lugar, una vez la diligenciante aporte el respectivo fotostato; se levanta la medida decretada de Embargo Preventivo sobre bienes muebles propiedad del demandado; se declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-