REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 7 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-000584
ASUNTO : SP11-P-2008-000584

Vista el escrito, presentado ante esté Tribunal del Circuito Judicial Penal, por el acusado en la presente causa el ciudadano JUAN CARLOS HIDALGO EVARISTE, plenamente identificado en autos, por medio del cual solicita a esté Tribunal que se le amplíe las presentaciones de cada 15 días a cada 30 días, así como que se estudie la posibilidad de que sus presentaciones sean realizadas en el Distrito Capital, ciudad donde actualmente reside; Visto lo solicitado, este Tribunal para decidir observa:

La Tutela judicial efectiva, el principio de progresividad, los derechos que corresponden a todos los ciudadanos o inherentes a la persona humana, no sólo es el derecho a al vida, la libertad, sino muchos más, como el derecho al trabajo, que son no sólo de ámbito constitucional; en Pro del debido proceso, la afirmación de la libertad, y en razón de que se observa hasta la fecha , el cumplimiento efectivo de las presentaciones impuestas, por el Tribunal de Control, y por lo expuesto por el ciudadano JUAN CARLOS HIDALGO EVARISTE, debidamente identificados en autos que conforman el presente asunto penal, signado con la nomenclatura SP11-P-2008-000584, considera procedente la ampliación de las presentaciones solicitada en escrito constante de un (01) folio por el acusado de autos, por ello en fundamento a los artículo 26, 49, 50 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 264 del Código Orgánico Procesal Pena, se sustituye la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, impuesta al ciudadano JUAN CARLOS HIDALGO EVARISTE, en fecha 08 de Julio de 2008, la cual fue materializada en fecha 25 de Julio de 2008.

Visto lo antes expuesto y en fundamento al artículo 26, 49, 50 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, está juzgadora amplia el régimen de presentaciones impuestas al ciudadano JUAN CARLOS HIDALGO EVARISTE en el presente asunto penal, llevado ante el Tribunal Segundo de Juicio de esta Circunscripción Judicial, extensión San Antonio, de cada quince días (15) que tenia estipulada, a Treinta días (30); manteniéndose en todos sus efectos las condiciones impuestas en el expediente en marras, ello en aras de garantizar las resultas del proceso que se lleva ante esté Tribunal, y del cual el solicitante es el acusado, Así se Decide.



En mérito de lo anterior este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:


ÚNICO: Se declara con lugar la solicitud de la Defensora y se amplia el régimen de presentaciones impuestas al ciudadano JUAN CARLOS HIDALGO EVARISTE en el presente asunto penal, llevado ante el Tribunal Segundo de Juicio de esta Circunscripción Judicial, extensión San Antonio, de cada quince días (15) que tenia estipulada, a Treinta días (30); manteniéndose en todos sus efectos las condiciones impuestas en el expediente en marras, ello en aras de garantizar las resultas del proceso que se lleva ante esté Tribunal. en fundamento al artículo 26, 49, 50 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 264 del Código Orgánico Procesal Penal

Notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial.


ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO


ABG. BLANCA JANETH ACERO CAICEDO
LA SECRETARIA