REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 27 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2008-004186
ASUNTO : SP11-P-2008-004186

Visto el escrito presentado por el abogado BEN ALEXANDER SANCHEZ, Fiscal Vigesimo Cuarto del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de: LEONARDO RICHARD QUINTERO JAUREGUI, por la presunta comisión del delito de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los articulos 16 y 17 de la Ley Sobre Violencia Contra La Mujer y la Familia en el cual resultó como víctima: LUZ ANGELY SANABRIA AGUIRRE, solicitud que se fundamenta en lo previsto por el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera innecesaria la convocatoria de las partes para la audiencia oral prevista en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, y para decidir observa:

En fecha 11-10-2005, se da inicio a la investigación en virtud de la denuncia interpuesta por LUZ ANGELY SANABRIA AGUIRRE, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub-Delegación Ureña. Como consecuencia se da inicio a la presente investigación.
El delito AMENAZA y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los articulos 16 y 17 de la Ley Sobre Violencia Contra La Mujer y la Familia; observándose que desde el día en que ocurrió el hecho 11-10-2005, hasta la actualidad 27 de Noviembre del año 2008, han transcurrido 03 AÑOS, 01 MES Y 16 DIAS, tiempo suficiente para concluir que en el presente asunto procede la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.

En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO PRIMERODEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de: LEONARDO RICHARD QUINTERO JAUREGUI, por la presunta comisión del delito de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 16 y 17 de la Ley Sobre Violencia Contra La Mujer y la Familia en el cual resultó como víctima: LUZ ANGELY SANABRIA AGUIRRE, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.

El Juez

El Secretario

Abg. Esteban Ramón Quintero