REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, 04 de Noviembre de 2008.

Vista la solicitud realizada por el ABG. JORGE ENRIQUE CRUZ, en su carácter de apoderado del ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ CASTELLANOS, mediante la cual solicita la entrega de un vehiculo MARCA CHEVROLET, MODELO NPR, COLOR BLANCO Y ALUMINIO, PLACA 181-XHX, CLASE CAMION, TIPO FORGON, SERIAL DE CARROCERIA C2N3YPV305172, SERIAL DE MOTOR YPV305172, el cual es propiedad de mi poderdante.
CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL

El vehículo de la presente solicitud, fue retenido por funcionarios de adscritos a la Guardia Nacional de Venezuela, donde se trasladaba la sustancia incautada.
El vehículo no se encuentra solicitado.
En decisión del Tribunal Octavo de Control de fecha 16 de Agosto de 1999, no decreto el comiso del vehiculo solicitadfo.
De conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, el vehículo ya no es indispensable para la investigación

Analizado lo anteriormente expuesto, este Juzgador considera procedente hacer la entrega del vehículo y el Celular Siemens, serial S30880-S6250-5507-1, negro con su batería suficientemente identificado, de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.

Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Ordena la Entrega Directa del Vehículo de las siguientes características MARCA CHEVROLET, MODELO NPR, COLOR BLANCO Y ALUMINIO, PLACA 181-XHX, CLASE CAMION, TIPO FORGON, SERIAL DE CARROCERIA C2N3YPV305172, SERIAL DE MOTOR YPV305172 al ABG. JORGE ENRIQUE CRUZ , de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, Asimismo los documentos de propiedad que se encuentran en el expediente dejando en su lugar copia simple de los mismos.
Cópiese, notifíquese y cúmplase.






Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
Juez Tercero de Ejecución.









Abg. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
SECRETARIA


Exp: 3E-2378