En el día de hoy, lunes diez de noviembre de dos mil ocho, siendo las 11:00 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con las abogadas en ejercicio NELLY BEATRIZ ALOISE PÉREZ y CARMEN ALICIA ORTÍZ DE ROSAS, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 23677 y 24.110 respectivamente, quienes actúan con el carácter de Endosatarias en Procuración del ciudadano JOSÉ PASCUAL PEÑA MOLINA, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede del Estacionamiento Libertador, ubicado en la avenida Libertador Barrio El Lago, Puertas de Palermo vía Machirí de esta ciudad de San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la media de EMBARGO PREVENTIVO decretado sobre bienes propiedad de la parte demandada ciudadanos LUIS ALEXANDER CHÁVEZ RODRÍGUEZ y CORLEY CORREA ORTÍZ, en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-INTIMACIÓN se sigue en el expediente N° 8282-2008 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial MAYKOL YENDER CONTRERAS BUENO, placa 2560. Se encuentra presente la ciudadana: JENNY WALKIRIA COVA RUÍZ, titular de la cédula de identidad N° V-13.172.761, en su condición de Secretaria del estacionamiento, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. En este estado el Tribunal acuerda designar como Perito Avaluador al ciudadano LEÓN ALFONSO SILVA CÁRDENAS, titular de la C.I. N° V-5.653.667, y como Depositario Judicial al ciudadano: JOSÉ ALEXIS D´YONGH SOSA, titular de la C.I. N° V-12.771.418, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento Poder autenticado por ante la Notaria Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 03 de octubre de 2005, inserto bajo el N° 69, Tomo 175 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria; quien estando presente en este acto manifestó aceptar el nombramiento y prestó el juramento de Ley ante la Jueza. Seguidamente, este Juzgado Ejecutor de Medidas procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Tribunal Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Señalo para ser embargado preventivamente el vehículo de las siguientes características: Marca Renault, Modelo Megane, Color Gris Plata, Año 2002, Serial carrocería 9FBLA040ECL791343, Placa CAD 54X, propiedad del ciudadano LUIS ALEXANDER CHÁVEZ RODRÍGUEZ, dicho vehiculo e encuentra retenido en este estacionamiento a ordenes del Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas, es todo”. En este estado el Tribunal cede el derecho de palabra al Perito designado a los fines de que rinda su informe, quien expuso: “El vehiculo antes descrito se encuentra en buen estado de conservación de latonería, pintura y tapicería, posee lo siguiente: Cuatro cauchos en regular estado, bateria marca duncan, serial XP366205, tres espejos retrovisores, un equipo de sonido marca tuner list, una parrilla metálica de techo de color negro, y a la fecha marca 108155 kilómetros; presenta abolladura del lado derecho de la parte delantera del guarda barro; en la maleta del mismo no posee ningún tipo de herramienta ni caucho de repuesto, se desconoce su funcionamiento mecánico y posibles daños que pueda tener dicho vehiculo, lo avalúo prudencialmente en la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES,(Bs. 40.000,00), es todo“. En este estado este Tribunal procede a declarar formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el vehículo antes señalado y descrito por la parte actora, hasta cubrir la cantidad de QUINCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES, (Bs. 15.261,00) monto éste decretado por el Juzgado de la Causa, y en consecuencia se declara la DESPOSESIÓN JURÍDICA del mismo de conformidad con lo establecido en el Articulo 536 del Código de Procedimiento Civil, y hace entrega de dicho vehículo al Depositario Judicial designado, quien lo recibe conforme y en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 12:30 p. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.


LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LA PARTE ACTORA,


ABG. NELLY BEATRIZ ALOISE PÉREZ


ABG. CARMEN ALICIA ORTIZ DE ROSAS

EL FUNCIONARIO POLICIAL,


MAYKOL YENDER CONTRERAS BUENO

LA NOTIFICADA,


JENNY WALKIRIA COVA RUÍZ

EL PERITO AVALUADOR,


LEÓN ALFON SO SILVA CÁRDENAS

EL DEPOSITARIO JUDICIAL,


JOSÉ ALEXIS D´YONGH SOSA

LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO