REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

DEM. 982-08-605
CAPITULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Mirta Rosa Vacca Ortiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 22.676.392, con el carácter de madre de ...
DIRECCIÓN: El variante, vía principal, panadería, tres casas después de la carnicería, Municipio Fernández Feo, Estado Tachira.

DEMANDADO: Oscar Mauricio Luzardo Picon, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.398.484, con el carácter de padre de ...



DIRECCIÓN: Barrio Monseñor Briceño, calle13 casa N°12-67 Municipio Cárdenas, Estado Tachira.

MOTIVO: Obligación de Manutención

CAUSA Nro. 982-08

FECHA DE ENTRADA. 18 de noviembre de 2008.

CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 13 de noviembre de 2008, se recibió oficio Nº 20-F13-0477-08, de fecha 5 de noviembre de 2008, procedente de la Fiscalia Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación Alimentaria donde los ciudadanos MIRTA ROSA VACCA ORTIZ Y OSCAR MAURICIO LUZARDO PICON, quienes en presencia de la Fiscal XIII del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Abg. NANCY APARICIO GUILLEN, fueron orientados con relación a la Obligación de Manutención, llegando las partes al siguiente acuerdo: “El ciudadano: OSCAR MAURICIO LUZARDO PICON, se compromete a aportar la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (300,00) por concepto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, los cuales serán depositados en una cuenta de ahorro que se ordenara aperturar, y en especie comprara un paquete de pañales (60 pañales) quincenales, frutas variadas, lagarto, cerelac, leche completa quincenales. Con relación a los gastos en época navideña el padre comprara dos mudas de ropa con calzado a cada niña, y la madre comprara también dos mudas de ropa con calzado a cada niña. En el mes de agosto el padre comprara los útiles escolares de la niña que esta estudiando y la madre comprara los uniformes, y para la otra niña de trece 13 meses de nacida le comprara una muda con calzado. Asimismo los gastos médicos y medicina serán compartidos 50% el padre y 50% la madre, se acuerdan que anualmente se incrementara la manutención en un 20% proporcional al aumento que obtenga cada uno de los obligados ofrecimiento hecho por el padre de mis hijas en los términos aqui dichos.
En fecha 18 de noviembre de 2008, por auto del Tribunal se admitió y se le dio entrada a la demanda que por Fijación de Obligación de manutención incoara la ciudadana MIRTA ROSA VACCA ORTIZ, contra el ciudadano OSCAR MAURICIO LUZARDO PICON a favor de .... procedente de la Fiscalía Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, se acordó notificar a las partes ciudadana, MIRTA ROSA VACCA ORTIZ con el carácter de demandante y OSCAR MAURICIO LUZARDO PICON parte demandada, y se ordeno librar oficio a la entidad bancaria de BANFOANDES, solicitando el cambio de titulares de la cuenta de Ahorros aperturada por ante la Fiscalia Décimo Tercera del Ministerio Público a nombre de la demandante ciudadana ,MIRTA ROSA VACCA ORTIZ.
En fecha 20 de noviembre de 2008, se libro Telegrama al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN


En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de manutención suscrita entre las partes ciudadana MIRTA ROSA VACCA ORTIZ Y OSCAR MAURICIO LUZARDO PICON. Inserta en el folio (f. 09), por ante la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 4 de noviembre de 2008; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste conforme a lo convenido por las partes.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los veinte días del mes de noviembre del dos mil ocho. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
La Jueza.-



ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.


El Secretario


LUIS ALFONSO SÁNCHEZ PÉREZ