REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTÓBAL, DIECIOCHO (18) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO.-
198º Y 149º
Recibido por distribución escrito constante de dos (02) folios útiles y consignados los recaudos en tres (03) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES de los cónyuges, ciudadanos: FRANLIN GREGORIO RONDÓN CASADIEGO Y ANDREINA COROMOTO CONTRERAS OLIVO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.674.508 y V-10.178.073 respectivamente, de este domicilio y hábiles, asistidos por los abogados Dora Sánchez y Víctor Julio Barrientos Castiblanco, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 48.356 y 7.358, en su orden. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público respectivo con copia certificada de la solicitud, y del presente auto. Se insta a los solicitantes a impulsar las fotocopias para la elaboración de la boleta. (FDO) PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRIGUEZ. JUEZ. GUILLERMO A. SÁNCHEZ MUÑOZ. SECRETARIO. (HAY SELLO DEL TRIBUNAL)