REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, 28 de Noviembre de 2008

198° y 149°

Recibida por distribución, constante de Veinticinco (25) folio útil el escrito y los recaudos correspondiente. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud presentada por la ciudadana ALEXANDRA MARIA SUS MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.464.048, de este domicilio y hábil, actuando en nombre representación, según Poderes conferidos ante la Notaria Sesenta (60) del Circulo Notarial de Bogota, D.C. de la Republica de Colombia bajo el Nº 781 de fecha 11-06-2005 y ante la Notaria Publica de Ureña del Estado Táchira de fecha 19-08-205, de los ciudadanos RAFAEL ARTURO RAMIREZ SUZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-14.378.784 y CARLOS DAVID RAMIREZ SUS venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-17.877.771, con el carácter de hijos del causante JOSE RAFAEL RAMIREZ YAÑES. Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de las declaraciones de los ciudadanos DIEGO ANGEL NOGUERA VIGEVANI, mayor de edad, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº V.-11.507.385 y JUAN CARLOS VELASCO DEL DUCCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-13.147.625, respectivamente, de este domicilio del Estado Táchira, y hábiles. Vista igualmente el Acta de Defunción N° 92 (Inserción) de fecha Nueve (09) de Mayo de 2005, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira, perteneciente al de Cujus JOSE RAFAEL RAMIREZ YAÑES quien fuera titular de la cédula de identidad N° V-5.283.718. Vista igualmente las Partidas de Nacimientos signada con los Números: 01) 462, perteneciente a RAFAEL ARTURO RAMIREZ SUZ, (hijo del causante) expedida por el Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira, 02) 795, perteneciente a CARLOS DAVID RAMIREZ SUS, (hijo del causante) expedida por el Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira; con sus respectiva cedulas de Identidad.

Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara suficientes para asegurarles a los ciudadanos RAFAEL ARTURO RAMIREZ SUZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-14.378.784 y CARLOS DAVID RAMIREZ SUS venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V.-17.877.771, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de hijos del Causante JOSE RAFAEL RAMIREZ YAÑES, quien falleció en la Republica de Colombia Norte de Santander, según consta de Acta de Defunción arriba señalada. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a los interesados y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-


Josué Manuel Contreras Zambrano
EL JUEZ Jocelynn Granados Serrano
Secretaria

JMCZ/y.r.-
Exp.: 5433

En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.