JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MRCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, cinco de Noviembre de dos mil ocho.-
198º y 149º
Recibido por Distribución, constante de un (01) folios útiles, el escrito junto con anexos en doce (13) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Y visto el escrito presentado por el ciudadano MARIO OMAR OSTOS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.881.114, Educador, de este domicilio y civilmente hábil, asistido en este acto por el abogado TRINO JOSE MARQUEZ CAMPEROS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.759, en el que expone: “… que se les declare el título suficiente a él y a su hermano ANDERSON OMAR OSTOS GARCIA, la condición de Únicos y Universales Herederos, que como hijos fueron de la ciudadana SULMA JUDITH GARCIA BARBOZA, fallecida el día 19 de Julio de 2.008, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.357, siendo la causa de su muerte: HIPERTENSION ENDOCRANEANA, EDEMA CEREBRAL; según consta de Acta de Defunción N° 482, expedida por el Registrador Civil del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 23 de julio de 2008.- Acompaña a la presente Justificativo de Testigos evacuado por ante el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta del Estado Táchira. En consecuencia, este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos MARIO OMAR OSTOS GARCIA, ya identificado, y, a ANDERSON OMAR OSTOS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.821.963, en su orden, respectivamente; en su condición de hijos, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA FALLECIDA: SULMA JUDITH GARCIA BARBOZA.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuelvanse los originales de las mismas a los interesados, a los fines de su registro.-
LA JUEZ TITULAR

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS

LA SECRETARIA

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
En la misma fecha se le dio entrada, bajo el N° 7.159.-

LA SECRETARIA

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ



nancy