REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 25 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-001389
ASUNTO : LP11-P-2008-001389


AUTO ACORDANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO

Recibida como fue la presente solicitud, procedente de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se le dio entrada y el curso de ley; en la cual las Abogadas SOELY BENCOMO BECERRA y SUSAN IDENNE COLINA, Fiscal Principal y Fiscal Auxiliar, adscritas a la Fiscalía Sexta de Proceso del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en El Vigía, solicita autorización para practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO, a ser realizada en el inmueble donde habita como ocupante, inquilino o propietario un ciudadano de nombre “MANUEL DE JESUS LARA PEREZ”, titular de la cédula de identidad N° V- 3.953.582, el cual está ubicado en la siguiente dirección; URBANIZACION LAS CUMBRES, CALLE SAN RAFAEL, CASA NUMERO 22, MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI DEL ESTADO MERIDA (VIVIENDA CONSTRUIDA DE MATERIAL DE BLOQUE Y CEMENTO, PAREDES PINTADAS DE COLOR BLANCO CON FRONTAL DE PIEDRA TIPO LAJAS), con la finalidad de ubicar e incautar, Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, armas de fuego y/o cualquier otra evidencia de interés Criminalístico; ello según información contenida en oficio N° 24F16-082655, de fecha 25-05-2008, suscrita por el Abogado JOHENN FLORES MENDOZA, Fiscal Décimo Sexto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, relacionada con la Investigación N° 24-F16-0769-08, seguida por la comisión de los delitos establecidos en la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; allanamiento éste a realizarse conjuntamente por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Segunda Compañía, Destacamento 16, con sede en la ciudad del Vigía, Estado Mérida; Brigada Canina Antidrogas, adscritas a la Policía Regional del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida Estado Mérida y funcionarios adscritos a la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), base Contrainteligencia N° 302, con sede en la población de Santa Bárbara del Zulia, quienes coordinaran conjuntamente lo necesario para su práctica, en consecuencia por todo lo anterior, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: De conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA EXPEDIR DICHA ORDEN DE ALLANAMIENTO. Expídase la misma por duplicado a los fines de que una copia sea entregada a quien reside en el lugar o a quien se encuentre en él y de este modo sea notificado, con la advertencia de que los funcionarios actuantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en los artículos antes mencionados y que dicha orden caduca a los CINCO (05) DIAS contados a partir de la presente fecha. Así mismo, devuélvase la presente solicitud al Fiscal solicitante junto con oficio, por cuanto el Tribunal no tiene más actuaciones que practicar, toda vez que el presente asunto se encuentra en etapa investigativa. Provéase lo conducente. Cúmplase.

EL JUEZ DE CONTROL N° 01


ABG. FRANCISCO JOSÉ RODRÍGUEZ MEJÍAS


LA SECRETARIA,


ABG. _________________________

En la misma fecha se remitió orden de allanamiento, anexa a oficio N° ______________, y se remiten actuaciones con oficio N° __________________.
Conste/Sria.