REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

EXPEDIENTE Nº 1925-03

ACTO CONCILIATORIO POR REVISION (AUMENTO) DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

DEMANDANTE: JAQUELINA RINCON.

DEMANDADO: JORGE ELIECER SANDOVAL PEREZ.

En el día de hoy, dieciséis (16) de mayo de 2008, siendo las diez de la mañana (10:00 AM.) presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos JAQUELINA RINCÓN, titular de la cédula de identidad Nº 12.778.237 y el abogado JULIO CESAR SANDOVAL PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.462.950, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 71.688, en su carácter de apoderado del ciudadano JORGE ELIECER SANDOVAL PEREZ, titular de la cédula identidad Nº 5.741.873, con la finalidad de efectuar acto conciliatorio, por revisión (aumento) de la obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JULIO CESAR SANDOVAL PEREZ, quien manifestó: “Que ofrezco aumentar la obligación de manutención que actualmente estoy otorgando para mi hija a la cantidad de Trescientos ochenta bolívares fuertes (Bs. 380ºº) y las cuotas de los meses de septiembre y diciembre, en la cantidad de setecientos cuarenta bolívares fuertes (Bs.740ºº), así mismo tres (3) cesta ticket, mensuales”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana JAQUELINA RINCÓN, quien manifestó:” Que esta de acuerdo con lo expuesto por el apoderado del ciudadano Jorge Eliécer Sandoval Pérez. Es todo. En este estado el Tribunal acuerda librar comunicación a Cadela, a los fines de los descuentos respectivos. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente aumento comenzara a regir a partir del 01 de junio de 2008.Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

JULIO CESAR SANDOVAL PEREZ

JAQUELINA RINCÓN
EL SECRETARIO TITULAR


ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ