JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, treinta (30) de mayo de dos mil ocho.

AÑOS: 198° y 149°

Visto el acto de composición voluntaria celebrado en fecha 28 de mayo del año en curso, entre: La abogada en ejercicio SONIA RAMÍREZ DUQUE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.117, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, ciudadano ELIO CHIENG WAH LIMA CHIO; y la parte demandada, ciudadanos XIOMARA DAO QUINTERO y CARLOS RAFAEL SANDOVAL RANGEL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.114.806 y 8.096.309, en su orden, asistidos por la abogada en ejercicio MARISELA ORRAIZ DE SÁNCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.895, observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto celebrado entre las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo se ordena expedir dos (2) copias certificadas de la transacción aquí homologada, así como del presente auto. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.





Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal

Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 611, siendo las doce y diez minutos de la tarde (12:10 p.m.), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

Expediente N° 11.450-08.
DarcyS.