REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 198° y 149°
San Cristóbal, catorce (14) de mayo de dos mil ocho (2008)

ACTA

ASUNTO N° SP01-L-2008-000336
PARTE ACTORA: ADELA CASRO SUESCUN, UNGLAR ALBERTO HERNANDEZ PLATA y OSCAR ARMANDO MENESES.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: FANNY DUNLLIN LIMA GAMEZ, LUIS EDUARDO MEDINA GALLANTI, RENZO BENAVIDES LIZARAZO, MARIA ANTONIA ANDREU SUAREZ, JONATHAN RAFAEL ARAQUE RODRIGUEZ, KARLASILENY SOSA MORENO, JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, NELLY YORLEY CASTAÑEDA CASTELLANOS, EMMA CORINA BUSTOS ARDILA y ADRIANA ISABEL RODRIGUEZ MONTOYA.
PARTE DEMANDADA: CENTRO HIPICO SOL DE MEDIA NOCHE C.A.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: EDINSON DEL CRISTO VANEGAS AGUAS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, catorce (14) de mayo de 2008, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la parte demandante ciudadanos ADELA CASRO SUESCUN, UNGLAR ALBERTO HERNANDEZ PLATA y OSCAR ARMANDO MENESES, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.539.032, 14.504.684 y 5.282.888 respectivamente, y su apoderada judicial la abogada ADRIANA ISABEL RODRIGUEZ MONTOYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 97.951, también compareció a esta Audiencia la parte demandada representada por su Presidente el ciudadano LUIS ALFONSO LARA PEDRAZA, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.231.005, asistido por el abogado EDINSON DEL CRISTO VANEGAS AGUAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 35.141, una vez iniciada la Audiencia Preliminar concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los puntos demandados por prestaciones sociales, por la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES (Bs. 5.547,00), cantidad esta que se cancelara de la siguiente forma: para el ciudadano OSCAR ARMANDO MENESES, antes identificado se le cancela la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 2.844,00), en cheque N° 36769432, de la cuenta corriente N° 0134 0204 35 2043003863, de la cual es titular el ciudadano LUIS ALFONSO LARA PEDRAZA, contra el Banco Banesco, a favor del ciudadano OSCAR ARMANDO MENESES; para el ciudadano UNGLAR ALBERTO HERNANDEZ PLATA, antes identificado se le cancela la cantidad de UN MIL TREINTA Y CUATRO BOLIVARES (Bs. 1.034,00), en cheque N° 35769433, de la cuenta corriente N° 0134 0204 35 2043003863, de la cual es titular el ciudadano LUIS ALFONSO LARA PEDRAZA, contra el Banco Banesco, a favor del ciudadano UNGLAR ALBERTO HERNANDEZ PLATA; y para la ciudadana ADELA CASRO SUESCUN, antes identificada se le cancela la cantidad de UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 1.669,00), en cheque N° 40769434, de la cuenta corriente N° 0134 0204 35 2043003863, de la cual es titular el ciudadano LUIS ALFONSO LARA PEDRAZA, contra el Banco Banesco, a favor de la ciudadana ADELA CASRO SUESCUN, con lo cual no quedara saldo pendiente a favor de los Trabajadores. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse por concepto de las relaciones laborales demandadas, ni por ningún otro concepto derivado de ellas. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Así mismo se ordenara el archivo del presente expediente tres (03) días hábiles siguientes al de hoy, si no consta en autos el incumplimiento de lo acordado.
La Juez,


Abg. María Carolina Sánchez Quintero. La Secretaria,


Los Presentes, Abg. Martha I. Muñoz P.


ADELA CASRO SUESCUN UNGLAR ALBERTO HERNANDEZ P.


OSCAR ARMANDO MENESES ADRIANA ISABEL RODRIGUEZ M.


LUIS ALFONSO LARA PEDRAZA EDINSON DEL CRISTO VANEGAS A.