San Cristóbal, 28 de Marzo de 2008.

Revisada la presente causa según mediante la cual se evidencia que el ciudadano RODRIGUEZ UREÑA LUIS ANTONIO ha cumplido con la totalidad de la pena impuesta, en Sentencia del 06 de Octubre de 2006, por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA, en la cual se le condenó a UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN. Tomando en consideración que han trascurrido UN (01) AÑO SIETE (07) MESES Y ONCE (11) DIAS, desde LA FECHA DE SU DETENCIÓN (17-08-2006), procede declararse el cumplimiento total de la pena, así como la libertad plena del penado, y así se decide:

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: ÚNICO: Se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL a favor RODRIGUEZ UREÑA LUIS ANTONIO, plenamente identificado en autos y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.

Remítase el presente expediente al Archivo Judicial de este Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de la terminación total del proceso penal, y déjese copia del presente auto para el archivo del Tribunal, se notifica a las partes. Líbrese Oficio y regístrese su salida.






Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ.
JUEZ TERCERO DE EJECUCIÓN







Abg. PATRICIA SIERRA HORTUA
EL SECRETARIA.

Exp. 3E-2766-06