REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 24 de marzo de 2008.
197° y 149°
Vista el contenido de la diligencia de fecha 13 de marzo de 2008, suscrita por el ciudadano MIGUEL GERARDO PEÑALOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.239.465, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.432, con el carácter de Apoderado de la ciudadana LORENA COROMOTO GUTIERREZ MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.504.088, parte actora; por una parte, y por la otra la ciudadana MIRIAM VILLAMIZAR DUQUE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.031.983, mediante el cual terminan el presente proceso a través de una TRANSACCIÓN, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Por cuanto no hay más actuaciones que practicar, de conformidad con lo solicitado por la partes se ordena el archivo del expediente.
La Jueza Temporal,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 2:30 p.m., quedó registrada bajo el N° 67, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal. Se archivó el expediente constante de ( ) folios útiles cuaderno principal y ( ) folios útiles cuaderno de medidas.
Abg. Maurima Molina /Secretaria
Exp. Nº 1548-2008
BYVM/lcm.