REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 2635-06
ACTO CONCILIATORIO PARA AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
SOLICITANTE: BRENDA COROMOTO NIÑO.
OBLIGADO: LUIS ALBERTO JIMENEZ PINEDA.
En el día de hoy, Siete (07) de marzo de 2008, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de manera voluntaria los ciudadanos BRENDA COROMOTO NIÑO. titular de la cédula de identidad Nº 13.302.194 y LUIS ALBERTO JIMENEZ PINEDA. titular de la cédula de identidad Nº 13.906.613, quien se da por citado en la presente causa y renuncia a los lapsos de ley, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por fijación de la Obligación de Manutención, a favor de la menor DANIELA TERESA PINEDA. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio, quien insta a las partes a llegar un acuerdo, en beneficio y bienestar de la niña anteriormente mencionada. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano LUIS ALBERTO JIMENEZ PINEDA, quien manifestó: “Ofrezco como Cuota Mensual para mi hija la cantidad de CIN CUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. 50ºº) para un total de DOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (200,00Bsf)y como Cuota Extraordinaria en el mes de Diciembre la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. 460,00), y el mes de SEPTIEMBRE la cantidad de DOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (200,00bsF) aporte fuera de la cuota mensual fijada. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana BRENDA COROMOTO NIÑO., quien manifestó: “Que esta de acuerdo en todo y cada una de las partes con lo ofrecido por el padre de mi hija. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
BRENDA COROMOTO NIÑO.
LUIS ALBERTO JIMENEZ PINEDA.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ZULAY COROMOTO RIVAS PACHECO