REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO TACHIRA. SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL Nº 03. San Cristóbal, 24 de Marzo del 2008.
197º y 148º

Vistas las actas que conforman el presente expediente esta Juez Unipersonal N° 03 de ésta Sala de Juicio, SE ABOCA al conocimiento de la presente causa y acuerdo proseguirla en el estado en que se encuentra. Revisado como ha sido el presente expediente y el contenido de la diligencia inserta al folio (102) suscrita por la ciudadana CARMEN HAYDEE CHAVEZ DAZA, Auxiliar de Trabajo Social, adscrita a esta Sala de Juicio, en fecha 12 de Noviembre del 2003, en la que informa que no se pudo levantar el Informe Social requerido en la presente causa, toda vez que fue imposible la ubicación de la ciudadana BELKIS GUILLEN, esta Juzgadora considera procedente declarar terminado el presente procedimiento. Y así se decide.

En consecuencia esta Juez Unipersonal Nro. 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADA LA PRESENTE CAUSA, Publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Hágase como se pide. Cúmplase.-


ABG. HIRÍAN MONTOYA RODRIGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL Nº 03

ABG. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO

En la misma se cumplió con lo ordenado.

El Srio.

Exp. 23235
*Medida de Protección*
HMR / Edith.-