REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dieciocho de junio de dos mil ocho.

198° y 149°

Por cuanto del cómputo que antecede se evidencia que se encuentran vencidos los lapsos previstos en los artículos 252 y 314 del Código de Procedimiento Civil, para solicitar aclaratorias o ampliaciones y anunciar recurso de casación contra la sentencia de fecha 19 de mayo del presente año, dictada por este Tribunal en el presente juicio, sin que conste en autos que alguno o ambos recursos se hayan interpuesto, se declara FIRME la referida decisión y, en consecuencia, se acuerda bajar el presente expediente al Juzgado de la causa a los fines legales consiguientes. Désele salida y remítase con oficio.

El Juez,


Daniel Monsalve Torres



El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega

En la misma fecha se remite el expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio N° 0289-2008, salida N° 78, constante de 114 folios útiles.

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega