REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 11 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : SK11-P-2000-000011
ASUNTO : SK11-P-2000-000011


Vista el escrito de fecha 09 de Junio de 2008, realizada por el Ciudadano VICTOR ALBERTO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.033.212, quién se le sigue el presente Asunto por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal; donde solicita la ampliación de las presentaciones, en virtud de: “Por cuanto me fuere otorgada medida cautelar sustitutiva por ese despacho consistentes entre otras condiciones en presentaciones periódicas ante dicho tribunal cada ocho días y por cuanto dichas presentaciones me acarrean inconvenientes en mi trabajo motivo a los constantes permisos que debo pedir por el mismo, y por cuanto lo oneroso del traslado desde la ciudad de Valera, donde resido, hasta esta ciudad, merman constantemente mis pocos ingresos económicos, es por lo que respetuosamente solicito de su digna autoridad sean modificadas dichas presentaciones en le sentido de que sean fijadas las mismas, al menos de cada 30 días al fin de que no colidan mis actividades laborales y no influyan tanto en mi presupuesto económico; Visto lo solicitado, este Tribunal para decidir observa:

En fecha 22 de Noviembre de 2008, se reconsidera las presentaciones que tenia impuestas y a las que se encuentra sometido el referido ciudadano, y como consecuencia de ello se acuerda que las mismas sean efectuadas una (01) vez cada Quince (15) días, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la mencionada Resolución.

Visto lo antes expuesto y en fundamento al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, está juzgadora amplia el régimen de presentaciones impuestas al ciudadano VICTOR ALBERTO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.033.212, en el presente asunto penal, llevado ante el Tribunal Segundo de Juicio de esta Circunscripción Judicial, extensión San Antonio, de cada quince días (15) que tenia estipulada, a Treinta días (30), manteniéndose en todos sus efectos las condiciones impuestas en el expediente en marras, Así se Decide.

En mérito de lo anterior este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:

ÚNICO: Ampliar la periodicidad en las presentaciones a las cuales se encuentra sometido el acusado VICTOR ALBERTO BRICEÑO venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.033.212, natural de Betijoque, Estado Trujillo, nacido el 12 de julio de 1967, soltero, de 40 años de edad, hijo de Sisoes Augusto Briceño Pérez (f) y de Matilde Elena Pérez (v), residenciado en la Avenida 2, Nº 18-67, Betijoque Estado Trujillo, acordándose que a partir de la presente fecha, sean efectuadas ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial, UNA (01) VEZ CADA TREINTA (30) DÍAS, manteniéndose el resto de las condiciones impuestas en la decisión dictada en fecha 22 de Noviembre de 2007, ello de conformidad con lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.

Notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la Oficina de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial.




ABG. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE JUICIO






ABG. ELIANA LUCIA FERNANDEZ PEÑALOZA
LA SECRETARIA