REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, 02 de Junio de 2008

 ACUERDA: REGIMEN ABIERTO
 PENADO: JACINTA LIZARAZO VILLAMIZAR
 CAUSA: N° 3E-3139


Vista la solicitud de Destino a Régimen Abierto del penado: JACINTA LIZARAZO VILLAMIZAR
de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 67 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, este Tribunal pasa a resolver bajo las siguientes consideraciones:

I
PRIMERO: Corre inserta a los folios 140 decisión definitivamente firme dictada por el Tribunal Primero en Funciones de Control N° 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira en fecha 06 de Noviembre de 2007 conforme a la cual se condeno al acusado JACINTA LIZARAZO VILLAMIZAR a TRES (03) AÑOS DE PRISION, por los delitos de OCULTMINETO AGRAVADO DE SUTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.

SEGUNDO: Corre inserto en folio 199 Cómputo de Pena de fecha 10 de Marzo del 2008 del penado JACINTA LIZARAZO VILLAMIZAR, donde consta que este ciudadano tiene cumplida una tercera parte de la pena impuesta, requisito para optar al beneficio solicitado.

TERCERO: Corre inserto al folio 166 antecedentes penales del penado PINTO JACINTA LIZARAZO VILLAMIZAR de fecha 21 de Diciembre de 2007.

CUARTO: Corre inserto en el folio 170 INFORME TECNICO N° 451, en el que se emite pronóstico FAVORABLE y del cual cabe destacar:

DIAGNÓSTICO CRIMINOLÓGICO: se presume la ejecución del hecho delictual debido a dependencia hacia su pareja, mostrando apego ambivalente, asimismo muestra desconocimiento de las consecuencias futuras y parámetros legales, inmadurez.

PRONOSTICO: Considera el Equipo Técnico que el penado JACINTA LIZARAZO VILLAMIZAR cumple com los requisitos para optar AL Regime Abierto.

CONCLUSIÓN: Se considera apto para la medida solicitada.”

QUINTO: Corre inserto al folio 175 apoyo familiar.




II

Al respecto, este Tribunal observa:

Ahora bien, analizado el Informe Evaluativo que contiene PRONÓSTICO FAVORABLE sobre el comportamiento futuro del penado y analizado el contenido de dicho informe en todos y cada uno de los aspectos que comprende: la Evolución del Caso y Conclusión, considera este Juzgador, que lo procedente es otorgarle el Destino a Establecimiento Abierto, lo cual permitirá un mayor control sobre la evolución y adaptación del penado al medio social y en base a que el mismo según el cómputo realizado en fecha 10 de Marzo de 2008 que cumple con los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.

 En consecuencia, considera este Tribunal procedente acordar el DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO al penado JACINTA LIZARAZO VILLAMIZAR en virtud de que se encuentran satisfechos los requisitos exigidos por la ley para su otorgamiento.

III
Por los fundamentos expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY .
CONCEDE EL DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO a JACINTA LIZARAZO VILLAMIZAR, de conformidad con lo previsto en los artículos 500 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando recluido a partir de la notificación de esta decisión en el Centro de Tratamiento del Estado Táchira, donde permanecerá hasta que se le conceda su Libertad Condicional, es decir, hasta que cumpla las dos terceras partes de su pena, pudiendo reducir esta con su trabajo.

Trasládese y notifíquesele personalmente al penado. Líbrese oficio al Director del Centro Penitenciario Occidente para que se efectúe el traslado del penado al Centro Comunitario respectivo y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario. Notifíquese por boleta al Fiscal Penitenciario y Líbrese oficio al Director del Centro de Tratamiento Comunitario.





ABG. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ TERCERO DE EJECUCION









Abg. PATRICIA SIERRA H.
LA SECRETARIA
Exp. E3-3139