En el día de hoy, martes diecisiete de junio de dos mil ocho, siendo las 9:30 a.m., se trasladó y constituyó de este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el Abogado en ejercicio Juan Francisco Barrios Miliani, quien actúa con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante “Banco de Fomento Regional los Andes C.A” (Banfoandes), e indicó a este Tribunal la siguiente dirección: calle 2 bis, con calle 3, N° 11-84, Barrio el Carmen, Estacionamiento la Playa, Parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la Medida de Embargo Ejecutivo decretado sobre bienes propiedad de la parte demandada ciudadanos: Jesús Manuel Rosales Mora y Edgar Francisco Pérez Pérez, en el juicio que por Cobro de Bolivares-Intimación, se sigue en el expediente N°2199, que cursa por ante el Juzgado de la causa. Acompaña al Tribunal el funcionario Policial Maykol Yender Contreras Bueno, placa 2560. Se encuentra presente el ciudadano Luis Arturo Bayona Canchita, titular de la cedula de identidad N° V-9.230.439, quien manifestó ser el Administrador del Estacionamiento La Playa, quien la Jueza le notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra al Apoderado Judicial actor, quien expuso: “señalo para ser embargado ejecutivamente, un vehículo con las siguientes características: clase: Remolque, Marca: Fabricación Nacional, modelo: Koraca, Año: 1991, Tipo: batea, Uso: Carga, Serial de Carrocería: COO98, Placa: 149XFR, Color Amarillo, Serial de Motor: No Porta, el cual es propiedad del co-demandado Jesús Manuel Rosales Mora, es todo”. En este estado el Tribunal designa como Depositario Judicial al ciudadano: CARLOS ARTURO SÁNCHEZ ANGARITA, titular de la C.I. N° V-1.555.677, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, según consta de documento poder otorgado por ante la Notaria Pública Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, de fecha 06 de marzo de 2007, inserto bajo el N° 61, Tomo 52 de los libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria y como Perito Avaluador al ciudadano LEON ALFONSO SILVA CARDENAS, titular de la cedula de identidad N° V-5.653.667, quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de ley ante la Jueza, siendo impuestos de los deberes y obligaciones inherentes a tal designación. Seguidamente el Tribunal cede el derecho de palabra al Perito Avaluador designado, quien de inmediato procedió a rendir su informe en los términos siguientes: “el vehículo señalado se trata de una carrocería tipo batea, para transporte de carga de 02 ejes, serial C-0098, año 1991, Koraca, peso 6000 kilos, capacidad 60.000. Color Amarillo, 08 cauchos en mal estado y 01 caucho de Repuesto con su respectivo Ring, en mal estado, caja de herramientas metálica, totalmente vacía, sistema eléctrico, luces laterales y traseras en mal estado, 07 tubos galvanizados, 11 ángulos para amarres de carga, placa 149-XFR, carga larga; en general el vehículo descrito se encuentra en mal estado de conservación y funcionamiento el cual valoro en la cantidad de (Bs.F 45.000), es todo. En este estado el Tribunal procedió a declarar Embargado Ejecutivamente el Vehículo descrito y en consecuencia, declara su desposesión Jurídica de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado, no siendo más el Tribunal concluye el acto siendo las (11:15 a.m.) regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: vale todo.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
Apoderado Judicial de la parte actora.-
Abg. Juan Francisco Barrios Miliani.
El funcionario Policial.-
Maykol Yender Contreras Bueno
El Notificado.-
Luis Arturo Bayona Canchita.
El Depositario Judicial.-
Carlos Arturo Sánchez Angarita
El Perito Avaluador.-
León Alfonso Silva Cárdenas
La Secretaria Temporal
Abg. Mirian Carolina Martínez Quintero
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