REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PANAMERICANO, SAMUEL DARÍO MALDONADO Y SIMON RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
EXP. No. 1308-2008


PARTES:
DEMANDANTE: NANCY VALENCIA BETANCUR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula No. 18.379.201, residenciado en la carrera 3 entre calles 2 y 3 casa 2 No. 2-46 del Barrio San José Obrero de Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira.
DEMANDANTE: ORLANDO FERRER BURGOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 20.530.150, residenciado en la calle 7 carrera 0 y 1 Bis del Barrio Bicentenario de Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira,
BENEFICIARIO: OLIVER ARTURO FERRER VALENCIA, venezolano, de 1 año de edad.
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

Al folio (1) aparece identificación del expediente No. 046-08 denunciante Nancy Valencia Betancur, denunciado Orlando Ferrer Burgos, fecha de recepción del acuerdo 04-06-2.008 firmado por la Abog. Eva Trinidad Vivas Jiménez.
Al folio (2) aparece registro de denuncia hecho por la ciudadana Nancy Valencia Betancur, en el cual denuncia como hechos que es madre del niño Oliver Arturo Ferrer Valencia de 1 año de edad, y que ha tenido inconvenientes con el padre de su hijo porque cuando el quiere busca al niño y me lo lleva en la noche y en vez de llevarlo para actividades recreativas lo lleva para asuntos de trabajo mensualmente le pasa 200 Bs. F, me ofende cuando quiere, ofende a mi mamá y se lo lleva cuando quiere y a la hora que quiere y así no es”
Al folio (3) aparece acta de acuerdo conciliatorio realizado entre los ciudadanos NANCY VALENCIA BETANCUR y ORLANDO ARTURO FERRER VALENCIA, quienes comparecen en forma libre y voluntaria y luego de realizada una relación sucinta de los hechos, llegan al siguiente acuerdo: El ciudadano Orlando Ferrer Burgos, se compromete a darle la cantidad de Doscientos Cincuenta Bolívares mensuales, los cuales dará en forma quincenal (Bs. 250) en cuanto a los demás gastos serán compartidos por ambos progenitores en un 50% es decir, gastos de ropa, zapatos, medicinas, entre otros, de igual forma en los meses de Octubre y Diciembre para gastos de estudio y gastos decembrinos, la cantidad pactada será entregada en forma personal a la referida madre, las partes manifiestan estar de acuerdo a partir del 15-06-2008 y solicitan en cuanto a los gastos adicionales presente las facturas correspondientes.
Al folio (4) aparece que el presente acuerdo surte efectos de forma inmediata entre las partes y que serán enviado el respectivo expediente al Juez de Protección del Niño y del Adolescente. Quién incumpla el acuerdo conciliatorio realizado será sancionado de acuerdo con la Ley.
Al folio (5) aparece acta de nacimiento del niño OLIVER ARTURO.
Al folio (6) aparece fotocopia de la cedula de identidad de la ciudadana Nancy Valencia Betancour.
Al folio (7) aparece fotocopia de la cedula de identidad del ciudadano Orlando Ferrer Burgos.
PARTE DISPOSITIVA.

Por consiguiente, analizadas como han sido todas y cada una de las actas que conforman este expediente y por considerarlo ajustado a derecho, Y EN NOMBRE DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PANAMERICANO, SAMUEL DARIO MALDONADO Y SIMON RODRIGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA. PRIMERO: HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO REALIZADO ANTE LA DEFENSORIA DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO PANAMERICANO DEL ESTADO TÁCHIRA, IMPARTIÉNDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, de conformidad con los artículos 262 del Código de Procedimiento Civil y el artículos 375 del Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber habido ofrecimiento por parte del requerido y aceptación por parte de la solicitante, lo que convierte el acuerdo celebrado en Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Queda fijada la cuota de manutención de alimentos a favor del niño OLIVER ARTURO FERRER VALENCIA, de 1 año de edad, en la cantidad de DOSCIENTOS CIN CUENTA BOLÍVARES (Bs. 250) los cuales dará el requerido en forma quincenal, en cuanto a los demás gastos ropa, zapatos, medicinas entre otros de igual forma acuerdan que sean compartidos en un 50% por ambos progenitores, acuerdan dos bonos por un monto igual en los meses de Octubre y Diciembre para gastos de estudio y gastos decembrinos la cantidad pactada y que será entregada en forma personal a la referida madre, en cuanto a gastos adicionales sea presentada facturas correspondientes.
TERCERO: Dicho monto se aumentará automática y proporcionalmente, con base al aumento del salario mínimo y de conformidad con los índices de inflación, emitidos por el Banco Central de Venezuela.
Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho de este Tribunal a los Veinticinco (25) días del mes de Junio de Dos Mil Ocho. 188 años de la Independencia y 189 de la Federación.
Regístrese y Publíquese

LA JUEZ,

ABG. SORAYA ARANGUREN DE ZAMBRANO.

LA SECRETARIA,

ABG. Maria ESPERANZA GUERRERO.

En esta misma fecha del auto anterior se procedió a la publicación de la presente sentencia en la sala de Despacho de este Tribunal, siendo las once (11) de la mañana,


La Sria,

Abg. María E. Guerrero.

Mdes.