JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, seis de junio de dos mil ocho.
198º y 149º
De las actas procesales que conforman el presente expediente N° 5437, se evidencia que se trata de un juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentado por la abogada ANA ROA PAZ SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.378, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil COMPROVIAJES C.A., contra CARMEN MAGALY VIVAS ORTIZ Y ANTONY GREL RIVAS RINCON, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.449.205 y V-9.242.120 en su orden; y vista la diligencia de fecha 30 de mayo de 2008, suscrita por la parte actora, en virtud de la cual desiste del procedimiento, de acuerdo a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, acuerda impartirle su homologación.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por la parte actora ANA PAZ, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y acuerda:
• Levantar la medida decretada el 11 de marzo de 2008.
• Entregar a la parte actora original de la letra de cambio.
• Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N°
Marilú