REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

198° y 148°

Visto el contenido del acta de fecha 20-12-1999, suscrita por ante el Juzgado Primero Ejecutor de medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por los abogados NEILL REAÑO GARCIA y JOSE JAVIER GOMEZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos. 71.356 y 56.527 en su orden, apoderados judicial de la parte demandante, por una parte y por la otra, la ciudadana MARIA TERESA MENDOZA ROA, titular de la cédula de identidad No. V-5.663.357, parte demandada, asistido por la abogada CAROL ROA MARQUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 71.676, mediante la cual manifiestan su voluntad de CONVENIR en el presente juicio; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil ocho. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.


ABG. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal


MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria Titular


En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), quedando registrada bajo el No. 103, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.



MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria Titular


Exp. No. 0925-1999.
ACAR.









Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil ocho. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación. Abg. Gregorio Edecio Pérez Aguilar, Juez Temporal (Fdo.). Hay Sello Húmedo Del Tribunal Maria E. Villamizar de Galvis, Secretaria Titular (Fdo.)…………………………….



Quien suscribe, MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS, Secretaria Titular del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, CERTIFICA: La autenticidad de la copia al carbón que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original que corre inserta en el expediente Nº 0925-2000, Sentencia No. 103, cuyas partes son: PARTE DEMANDANTE: JOSE LUCIDIO CHACON RAMIREZ. PARTE DEMANDADA: MARIA TERESA MENDOZA ROA; MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES INTIMACION. San Cristóbal, 16 de Junio del año 2008.



MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria Titular



EXP. N° 0925-1999.