GADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintiséis (26) de junio de dos mil ocho.
AÑOS: 198° y 149°
Vista la diligencia presentada en fecha 17 de febrero de 1.993, suscrita por la ciudadana ANA KARINA CASANOVA REAÑO, en su carácter de demandante, asistida por el abogado RAFAEL CAÑIZALEZ SÁNCHEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.45.405, mediante la cual desiste de la demanda; en consecuencia conforme a la norma prevista en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, archívese el expediente, dejando en su lugar copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar Rivera
Secretario
En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) quedando registrada bajo el No. 629 y se dejó copia para el archivo del Tribunal.
El Secretario
deisyF.
Exp.9700-02
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