JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, (10) diez de junio de dos mil ocho.
AÑOS: 198° y 149°
Vista la TRANSACCION celebrada en fecha 06 del presente mes y año, corriente a los folios 28 y 29, entre los ciudadanos: abogada NELIDA MARISOL GARCIA PEREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No.35.379, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano LUIS EMIRO MOLINA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.809.846, de este domicilio y el abogado TULIO ERNESTO LARGO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No.38.658, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano NEMESIO ALEJANDRO CASTELLANOS BECERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.3.999.624, de este domicilio; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordena levantar la medida de embargo ejecutiva, decretada por este Tribunal en fecha 30 de mayo de 2.008 y sobre el inmueble propiedad del demandado ciudadano NEMESIO ALEJANDRO CASTELLANOS BECERRA, consistente en un (1) lote de terreno, que forma parte de uno de mayor extensión, ubicado en la Aldea Machirí, jurisdicción del Municipio San Juan Bautista, antes Distrito San Cristóbal, hoy Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con parcela N° 67, con 17,35 mts, con 4,24 mts en línea irregular. SUR: Vía Principal de Santa Teresa con 25,35 mts en línea recta. ESTE: Con propiedades del señor Toribio Santander con 18,48 mts con parcela N° 32, con 10,14 mts en línea irregula. OESTE: Con parcelas 26-27-28, con 28,45 mts en línea recta. Dicho lote de terreno tiene un área aproximada de 614,26 mts2. El bien inmueble fue adquirido por la parte demandada, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 16 de noviembre de 1994, bajo el N° 29, Tomo 24, Protocolo Primero, correspondiente al 4to Trimestre. Ofíciese lo conducente al Registro respectivo; así mismo se acuerda la entrega del documento fundamental de la presente acción “Letra de Cambio” que se encuentra en la Caja de Seguridad de este Despacho. Archívese el expediente y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar
Secretario

En la misma fecha se dictó la anterior decisión a las once de la mañana (11:00 a.m.), quedando registrada bajo el No.617; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal. Así mismo se libró oficio al Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal Estado Táchira, bajo el No.3190-583.-
El Secretario
deisyF.
Exp.11.268-07