JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dieciocho de junio de dos mil ocho.

198º y 149º

Por cuanto ya fueron evacuados los testigos promovidos en la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS realizada por la ciudadana MARIA VICENTA DELGADO BECERRA, asistida por la abogada LUPE ROSARIO DIAZ VIVAS, en consecuencia, jurada como ha sido la urgencia del caso y por cuanto se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos: MELIDA ESTHER BECERRA DE DELGADO, NELLY VICTORIA, ALEXIS GENARO, LIBIA COROMOTO Y MARIA VICENTA DELGADO BECERRA, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros V-3.192.704, V-10.145.126, V-5.683.288, V-5.674.815 y V-5.646.319, respectivamente, venezolanos, domiciliados en el Municipio San Cristóbal el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano MELECIO DELGADO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-165.950, en su carácter de cónyuge la primera e hijos los segundos; en virtud de las declaraciones de los testigos: ZAMBRANO ARCANGEL ULISES Y ZAMBRANO FEDERICO, plenamente identificados en autos, quienes fueron contestes en afirmar: “Que MELIDA ESTHER BECERRA DE DELGADO, NELLY VICTORIA, ALEXIS GENARO, LIBIA COROMOTO DELGADO Y MARIA VICENTA DELGADO BECERRA, su esposa e hijos son los Únicos Herederos de MELECIO DELGADO”. “Que les consta que el fallecido murió el 10 de diciembre de 2006, los cuales por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA,

ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.