REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, cinco (05) de junio de dos mil ocho.
198º y 149º
Recibido por distribución solicitud de título supletorio, constante de un (01) folio útil y consignados sus recaudos, constantes de nueve (09) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, y tramitase por la vía civil, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho se declara TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN O DERECHOS DE LAS MEJORAS CONSTRUIDAS SOBRE: Un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), ubicado en San Josecito, Barrio Los Andes, Sector Simón Bolívar, calle 1 N° 30, Municipio Torbes del Estado Táchira, comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte: Con la vivienda N° 28 de la calle 1, mide 16,80 mts; Sur: Con la vivienda N° 32 de la calle 1, mide 16,80 mts; Este: con frente de la calle 1, mide 7,20 mts; y Oeste: Con terrenos propiedad de Instituto Nacional de la Vivienda, mide 7,34 mts para un área de total de 122,14 mts2, dichas mejoras compuestas por una casa para habitación de tres habitaciones, cocina, sala, comedor y tres baños. Dichas mejoras han sido fomentadas a las únicas y propias expensas de los ciudadanos Candida Rosa Silva y Cecilio Silva, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.556.444 y V-3.998.880 respectivamente, domiciliados en San Josecito, Municipio Torbes del Estado Táchira y civilmente hábiles. Se acuerda devolver original estas actuaciones a los solicitantes y dejar copia certificada para el archivo del Tribunal._ El Juez, (Fdo) Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. El Secretario, (Fdo) Guillermo Antonio Sánchez Muñoz. Esta el sello del Tribunal.