REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diecisiete (17) de junio del año dos mil ocho (2008).-
198º y 149º
Recibido por distribución solicitud de título supletorio, constante de un (01) folio útil y consignados los recaudos constantes de trece (13) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud y tramítese por la vía civil, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ó a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho se declara TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN O DERECHOS SOBRE UN VEHÍCULO CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: CHEVROLET, MODELO: MALIBU, AÑO: 1982, COLOR: MARRÓN Y BEIGE, SERIAL DEL MOTOR: ACV328555, SERIAL DE CARROCERÍA: D1W69ACV328555, USO: ALQUILER LIBRE, PLACAS: 139-111, adquirido a las propias y únicas expensas del ciudadano ALBERTO CASTRO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.461.616, domiciliado en Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira. Se acuerda devolver original estas actuaciones al solicitante y dejar copia para el archivo del Tribunal. Juez, (Fdo). Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. Secretario, (Fdo) Guillermo Antonio Sánchez Muñoz. (Hay sello del Tribunal).