REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÀNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. SAN CRISTÓBAL, DIECISIETE (17) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO (2008).-
198º Y 149º

Recibido por distribución escrito constante de dos (02) folios útiles y consignados los recaudos en dos (02) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO ACUERDO DE LOS CÓNYUGES: YAXSON ENRIQUE RINCÓN MONTES DE OCA y ODALIS COROMOTO DELGADO CHACÓN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-13.761.021 y V.-17.057.092, domiciliados en San Juan de Colón, Municipio Ayacucho, Estado Táchira, asistidos por la abogado Irma Magaly Rojas Loaiza. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público respectivo con copia certificada de la solicitud, y del presente auto. Se acuerda expedir las copias fotostáticas certificadas solicitadas. Se insta a los solicitantes a impulsar las fotocopias para la elaboración de la boleta y su certificación. Juez, (Fdo) Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. Secretario, (Fdo) Guillermo Antonio Sánchez Muñoz. (Esta el sello del Tribunal).