REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.-
Por auto de fecha 09 de Enero de 2008, este Tribunal le dio entrada a la solicitud hecha por los ciudadanos MIGUEL ANGEL MONCADA ROA y MARY ISABEL PEREZ DE MONCADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-5.674.375 y V-5.344.044 en su orden, asistidos por la Abogada Lucia Andreina Rossi Chacón, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 115.978, en la que solicitan divorcio alegando Ruptura Prolongada en la vida en común por más de cinco años.-------------------------------------------------------------
En fecha 11 de Febrero de 2008, fue notificado legalmente el Fiscal XV del Ministerio Público del Estado Táchira, quien en fecha 22 de Febrero de 2008, compareció por ante este Tribunal y manifestó que los solicitantes deben informar si durante la unión matrimonial existieron hijos o no.-----------------------------------
En fecha 25 de Marzo de 2008, comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos MIGUEL ANGEL MONCADA ROA y MARY ISABEL PEREZ DE MONCADA, asistidos por la Abogada Lucia Rosso Chacón, y manifestaron que durante la unión matrimonial procrearon dos hijos los cuales ya son mayores de edad.----------------------------------------------------------------------------------------
En fecha 04 de Junio de 2008, se notificó nuevamente el Fiscal XV del Ministerio Público del Estado Táchira.---------------------------------------------------
En fecha 10 de Junio de 2008, compareció nuevamente por ante este Tribunal el Fiscal XIV del Ministerio Público, y manifestó no tener nada que alegar y que se cumplieron con las formalidades de Ley.------------------------------------------------
En razón de lo expuesto por las partes interesadas en el proceso y cumplido como ha sido los extremos de Ley, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio por Ruptura Prolongada de los ciudadanos MIGUEL ANGEL MONCADA ROA y MARY ISABEL PEREZ DE MONCADA. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día 18 de Mayo de 1977, por ante la Prefectura del Municipio Vargas, Distrito Jauregui del Estado Táchira, según acta de matrimonio Nº 22.--------------
Liquídese la sociedad conyugal si hubiera lugar a ello.---------------------------

De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil se ordena que la presente sentencia sea insertada íntegramente en los libros de Matrimonios llevados por ante el Registro Civil correspondiente y al Registro Principal del Estado Táchira, a donde se acuerda remitir copia certificada de la misma a los fines de que se le coloque la nota marginal en la referida acta de matrimonio.---------------------------------------------------------------------------------
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese el citado fallo.-----------------------------
Publíquese y Regístrese.------------------------------------------------------------
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los trece días del mes de Junio dos mil ocho. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.----------


REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR

Irali Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo las diez de la mañana y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal. Expídase por secretaría las copias certificadas de Ley y las que soliciten los interesados.-

Irali Jocelyn Urribarri Díaz


Secretaria
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