REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIONES


JUEZ DIRIMENTE: GERSON ALEXANDER NIÑO


IDENTIFICACION DEL INHIBIDO

Abogado IKER YANEIFER ZAMBRANO CONTRERAS, Juez Provisorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.


HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DE LA INHIBICION


Por acta de fecha 16 de junio de 2008, el abogado IKER YANEIFER ZAMBRANO CONTRERAS, Juez Provisorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, se inhibió de conocer de la causa Nº 1-Inh-3517-2008, relacionada con la inhibición propuesta por el abogado HECTOR EMIRO CASTILLO GONZALEZ, con el carácter de Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01, Extensión San Antonio, de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con el ordinal 7º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, alegando lo siguiente:

“...manifiesto mi voluntad de inhibirme del conocimiento de la presente causa signada con el N° 1-INH-3517-2008, contentivo de la inhibición interpuesta por el abogado Emiro Castillo González, en su condición de Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1, de este Circuito Judicial Penal, por considerarme incurso en la causal establecida en el artículo 86 ordinal 7°, es decir, por haber emitido opinión en la causa como Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, de este Circuito Judicial Penal, extensión San Antonio del Táchira, al haber realizado el pronunciamiento jurisdiccional de fecha 29 de septiembre de 2006, mediante el cual admitió (sic) totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del acusado ARGENIS BATISTA SANDOVAL, en la comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; admitió (sic) totalmente las pruebas ofrecidas tanto por el Fiscal del Ministerio Público, como por la defensa y decretó (sic) la apertura a juicio oral y público en contra del acusado ARGENIS BATISTA SANDOVAL (sic). En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, pásese las presentes actuaciones al Juez Presidente de la Sala a fin de que resuelva la presente inhibición”.


CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

El artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal dispone:

“Inhibición obligatoria. Los funcionarios a quienes sean aplicables cualesquiera de las causales señaladas en el artículo anterior deberán inhibirse del conocimiento del asunto sin esperar a que se les recuse. Igualmente lo harán si son recusados y estimen procedente la causal invocada. Contra la inhibición no habrá recurso alguno”.


En vista de lo planteado por el abogado IKER YANEIFER ZAMBRANO CONTRERAS, Juez Provisorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, es evidente que al dictar la decisión en la presente causa, su actuación se encuentra enmarcada en uno de los supuestos de hecho previstos en el ordinal 7º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, como es emitir opinión en la causa con conocimiento de ella, al haber suscrito decisión de 29 de septiembre de 2006, cuando se desempeñaba como Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01, extensión San Antonio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos admitió totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del acusado ARGENIS BATISTA SANDOVAL, en la presunta comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. De manera que dicha circunstancia afectaría la necesaria imparcialidad del juez y por ende no podría administrar justicia con la debida objetividad. En consecuencia, se hace procedente la inhibición propuesta, la cual debe ser declarada con lugar, y así se decide.

DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este juez dirimente y Presidente de la Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
1. DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por el abogado IKER YANEIFER ZAMBRANO CONTRERAS, con el carácter de Juez de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en la causa 1-Inh-3517-2008.

2. Se acuerda convocar al Juez suplente según el orden que corresponda, a los fines que integre la Sala, conozca el fondo del asunto y se dicte la decisión correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los _______ ( ) días del mes de junio del año dos mil ocho (2008). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

El Juez Presidente y dirimente,



GERSON ALEXANDER NIÑO



MILTON ELOY GRANADOS FERNANDEZ
Secretario

Inh-3517/GAN/mq