JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, seis de junio de Dos Mil Ocho.

198° y 149°

Vista la diligencia presentada por la ciudadana Dalia Yaleitza Carrero en su condición de apoderada judicial del ciudadano Pedro José Mujica Bermúdez, titular de la cedula de identidad Nº V-6.229.946, en su carácter de obligado, en fecha 06 de junio de 2008, en la que desiste del presente recurso de apelación, por cuanto el expediente en este Tribunal se encuentra en estado de sentencia, y siendo que el recurso de apelación es lo que lleva el asunto al conocimiento del Superior, al desistir el apelante, la Alzada pierde la materia para conocer del mencionado recurso, en consecuencia, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, efectuado por la ciudadana abogada Dalia Yaleitza Carrero en su condición de apoderada judicial del ciudadano Pedro José Mujica Bermúdez, titular de la cedula de identidad Nº V-6.229.946, en fecha 06 de junio de 2008, de la apelación interpuesta en fecha 15 de febrero de 2008, contra el auto dictado en fecha 12 de Febrero de 2008 por la Sala de Juicio Nº 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y devuélvase de inmediato el expediente.

El Juez Titular


Abg. MIGUEL JOSÉ BELMONTE LOZADA

La Secretaria


Abg. Eliana Carolyn Mora Páez,
En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 03:25 de la tarde, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se devolvió el expediente con oficio N° a la Sala de Juicio Nº 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, constante de cincuenta y seis (56) folios útiles quedando anotada su salida en el libro respectivo.
Exp. 08-3132.
MJBL/ecmp.