REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
198° y 149 °

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2008-000516
PARTE ACTORA: RICHARD OMAR CARRERO VIVAS, JOSE CONSOLACION VIVAS y JAIRO ENRIQUE VIVAS CONTRERAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BENAVIDES LIZARAZO RENZO
PARTE DEMANDADA: PROYOIN C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO TIENE CONSTITUIDO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES

En el día hábil de hoy, viernes cuatro (04) de julio de 2008 siendo las 9.00 AM., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen a la misma, los ciudadanos RICHARD OMAR CARRERO VIVAS, JOSE CONSOLACION VIVAS y JAIRO ENRIQUE VIVAS CONTRERAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nos V- 12.817.1465, 5.32.653 y 13. 792.789 en su orden, plenamente identificados en autos en su carácter de parte actora, y su apoderado judicial JEAN CARLOS SAYGO, Procurador del Trabajo, abogado, inscrito en el inpreabogado bajo el No 111.076, por una parte y por la otra por el ciudadano, PEDRO ANTONIO ROSALES, titular de la cédula de identidad N° V- 5.030.864, actuando en este acto con el carácter representante legal de la sociedad mercantil PROYOIN C.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, N° 73, en fecha 28-02-96, Tomo 5-5, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio VICKI VALERO, titular de la Cédula de Identidad No V-10.149.155, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No 69.776. Una vez iniciada la audiencia las partes, estas coincidieron en los puntos del libelo de demanda como son: existencia de la relación de trabajo, en la fecha de inicio y terminación de la relación laboral, y por cuanto existe coincidencia en dichos conceptos demandados, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

PRIMERO: Las partes han acordado en dar por terminado el presente asunto, mediante el pago de la cantidad restante de Prestaciones Sociales y Otros Derechos Laborales, que queda a deber a cada uno de los codemandante a saber de la siguiente forma:

1.- PARA EL CODEMANDANTE RICHARD OMAR CARRERO VIVAS, se le paga la cantidad de BOLIVARES DOS MIL CIENTO QUINCE EXACTOS, son (Bs. 2.115,00) los cuales serán pagados en dos parte de la siguiente forma; el primer pago se realizó el día 27 de junio de 2008, por la cantidad de Bs. 1.615,00 y el segundo pago se realizará el día 15 de julio de 2008, por la cantidad de Bs. 500,00.
2.- PARA EL CODEMANDANTE JOSÉ CONSOLACIÓN VIVAS, se le paga la cantidad de BOLIVARES OCHO MIL DOSCIENTO SIETE EXACTOS, son (Bs. 8.207,00) los cuales serán pagados en dos parte de la siguiente forma; el primer pago se realizó el día 27 de junio de 2008, por la cantidad de Bs. 7.107,00 y el segundo pago se realizará el día 15 de julio de 2008, por la cantidad de Bs. 1.100,00.
3.- PARA EL CODEMANDANTE JAIRO ENRIQUE VIVAS, se le paga la cantidad de BOLIVARES DOS MIL OCHOCIENTO OCHENTA Y OCHO EXACTOS, son (Bs. 2.388,00) los cuales serán pagados en dos parte de la siguiente forma; el primer pago se realizó el día 27 de junio de 2008, por la cantidad de Bs. 1.888,00 y el segundo pago se realizará el día 15 de julio de 2008, por la cantidad de Bs. 500,00.

.- SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de la Relación Laboral la cual es reclamada en el presente expediente, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. No se ordena el archivo del presente asunto.-

La Juez,

Abg. LUZ HAYDEE GOMEZ G
La Secretaria,

Abg. Martha Isabel Muñoz


Parte Actora Parte Accionada


Apoderada Judicial Abogados Asistente