En horas de Despacho del día de hoy, Miércoles Treinta (30) de Julio del año dos mil ocho, a las 9:30 a.m., se trasladó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR, INDEPENDENCIA, LIBERTAD Y PEDRO MARIA UREÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA y se constituyó a las 10:45 a.m., frente a un Bien Inmueble consistente en un lote de terreno ubicado en Alto Viento, Aldea Miranda, Lomas Bajas, Fundo denominado Alto Viento, Municipio Libertad del Estado Táchira, a los fines de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para verificar en Acto de la Entrega Material decretada por el Juzgado de la Causa en la Solicitud presentada por los ciudadano RAMON EFREN ROMERO DEPABLOS y NORMA JACQUELINE NIETO RUIZ, contra la Sucesión RUIZ RAMIREZ EVELIO JOSE, representada por su Apoderado EVELIO JOSE RUIZ DEPABLOS, Expediente Nº 1417-2008. Está presente el ciudadano JHOAN JOSE CARDENAS MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.508.399, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.835, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos RAMON EFREN ROMERO DEPABLOS y NORMA JACQUELINE NIETO RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.109.205 y V-12.817.5789, domiciliados en Capacho, Municipio Libertad del Estado Táchira, Solicitantes de la Entrega Material. Se encuentra presente el ciudadano EVELIO JOSE RUIZ DEPABLOS, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.553.440, domiciliado en la carrera 6, Nro. 11-03, Capacho Nuevo, Municipio Independencia del Estado Táchira, en su carácter de Apoderado de la Sucesión RUIZ RAMIREZ EVELIO JOSE, en su condición de vendedor del Bien Inmueble objeto de la presente Entrega Material, debidamente Asistido por la ciudadana MARIA ALEJANDRA DIAZ MANRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.245.447, Abogada en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 66.062, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a quienes se les notifico de la ejecución del presente Acto de Entrega Material del Bien Inmueble consistente en un lote de terreno ubicado en Alto Viento, Aldea Miranda, Lomas Bajas, Fundo denominado Alto Viento, Municipio Libertad del Estado Táchira, frente al cual nos encontramos constituidos. El Tribunal se hace acompañar del Distinguido OSNAYRO VEGA LEON, placa 2357, adscrito a la Región 51, Zona Policial POeste, Comando San Antonio, Politachira, y una comisión a bordo del Vehículo P-597, Politachira, Comando Capacho, Municipio Independencia del Estado Táchira, integrada por los Funcionarios: Sargento Mayor ANGARITA JOSE, Placa 645, Cabo Segundo BELANDRIA LEVIS, Distinguido GAUTA PEDRO, Placa 1706 y la Femenina Agente GUILLEN, Placa 3020. En este estado solicita el derecho de palabra el ciudadano EVELIO JOSE RUIZ DEPABLOS, ya identificado, en su carácter de Apoderado de la Sucesión RUIZ RAMIREZ EVELIO JOSE, en su condición de vendedor del Bien Inmueble objeto de la presente Entrega Material, debidamente Asistido por la Abogada MARIA ALEJANDRA DIAZ MANRIQUE, ya identificada, y cedida que le fue expone: “Notificado como he sido por este Juzgado Ejecutor del presente Acto de Entrega Material del Bien Inmueble frente al cual nos encontramos constituidos, en mi carácter de Apoderado de la Sucesión RUIZ RAMIREZ EVELIO JOSE, vendedora del Bien Inmueble a que se refiere el presente acto, procedo a hacer la entrega formal y material del Inmueble consistente en un lote de terreno ubicado en Alto Viento, Aldea Miranda, Lomas Bajas, Fundo denominado Alto Viento, Municipio Libertad del Estado Táchira, y el cual es objeto de la presente Solicitud, al Abogado JHOAN JOSE CARDENAS MEDINA, ya identificado, en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos RAMON EFREN ROMERO DEPABLOS y NORMA JACQUELINE NIETO RUIZ, Solicitantes de la Entrega Material, también ya identificados. A los fines de determinar con mayor exactitud la ubicación, linderos y demás características que individualizan el referido lote de terreno, consigno en este acto, constante de un (1) folio útil, copia simple de levantamiento topográfico planimetrico, del mismo, a los fines que sea agregado a la presente solicitud. Es todo”. En este estado solicita el derecho de palabra el Abogado JHOAN JOSE CARDENAS MEDINA, ya identificado, en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos RAMON EFREN ROMERO DEPABLOS y NORMA JACQUELINE NIETO RUIZ, Solicitantes de la Entrega Material, también ya identificados, y cedida que le fue expone: “Efectuada como ha sido en este acto por parte del ciudadano EVELIO JOSE RUIZ DEPABLOS, ya identificado, en su carácter de Apoderado de la Sucesión RUIZ RAMIREZ EVELIO JOSE, en su condición de vendedor del Bien Inmueble objeto de la presente Entrega Material, debidamente Asistido por la Abogada MARIA ALEJANDRA DIAZ MANRIQUE, ya identificada, la Entrega Material del Bien Inmueble a que se refiere el presente acto, consistente en un lote de terreno ubicado en Alto Viento, Aldea Miranda, Lomas Bajas, Fundo denominado Alto Viento, Municipio Libertad del Estado Táchira, y el cual es objeto de la presente Solicitud, Acepto la misma y en consecuencia declaro recibir conforme el referido inmueble. Es todo”. Seguidamente el Tribunal acuerda agregar a la presente Comisión, constante de un (1) folio útil, copia simple de levantamiento topográfico planimetrico, del lote de terreno, así mismo, en virtud del Decreto de Entrega Material dictado por el Juzgado de la Causa y vista la exposición efectuada por el ciudadano EVELIO JOSE RUIZ DEPABLOS, ya identificado, en su carácter de Apoderado de la Sucesión RUIZ RAMIREZ EVELIO JOSE, en su condición de vendedor del Bien Inmueble objeto de la presente Entrega Material, debidamente Asistido por la Abogada MARIA ALEJANDRA DIAZ MANRIQUE, ya identificada, mediante la cual voluntariamente efectúa la Entrega Material del lote de terreno a que se refiere la presente solicitud y por cuanto el Abogado JHOAN JOSE CARDENAS MEDINA, ya identificado, en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos RAMON EFREN ROMERO DEPABLOS y NORMA JACQUELINE NIETO RUIZ, Solicitantes de la Entrega Material, también ya identificados, ha expresado recibir conforme el inmueble en cuestión; conforme a lo dispuesto en el artículo 929 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas supra-identificado, VERIFICADA como ha sido en este acto la ENTREGA MATERIAL a que se refiere el presente Despacho Comisorio, DA POR CUMPLIDA la Comisión conferida en los términos expuesto en esta acta y llenos como se encuentran los extremos legales indicados en los artículo 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, que se refieren expresamente la forma como deben ser llevados los Actos por el Tribunal, se da por concluido el presente Acto siendo las 2:00 p.m., y al no ser más el objeto de la constitución del Tribunal se ordena el regreso a su Sede. Se acuerda reproducir la presente Acta de Ejecución a los fines de que la misma sea agregada al Copiador de Actas llevado por este Juzgado. Se terminó, leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABG. JOSÉ ANTONIO CÁCERES (Rfdo.)

LOS SOLICITANTES DE LA ENTREGA (Rfdo.)

EL APODERADO DE LOS SOLICITANTES (Rfdo.)

EL APODERADO DE LA SUCESION (Rfdo.)

LA ABOGADA ASISTENTE (Rfdo.)

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES (Rfdo.)

EL SECRETARIO
ABG. JORGE ENRIQUE MEDINA RAMIREZ (Rfdo.)

JAC/jemr.
D. Nro.1.268-2008.-