En el día de hoy, miércoles dos de julio de dos mil ocho, siendo las 09:00 a.m, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el ciudadano ALFONSO ROA ESCOBAR, debidamente asistido por abogado en ejercicio MANUEL GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.262, quien actúa con el carácter de parte demandante, e indico a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de la Corporación infraestructura mantenimiento de obras y servicios del Estado Táchira. (CORPOINTA), ubicada en la Prolongación de la 5ª avenida, antigua sede de DIMO, a lado del Banco Provincial, La Concordia, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes propiedad de la parte demandada CONSTRUCTORA E INVERSIONES McCORMICK Y ASOCIADOS C.A, representada por el ciudadano: MAURICIO VELANDIA LUNA, en el JUICIO que por PROCEDIMIENTO DE INTIMACION se sigue en el expediente Nº 33331, que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial MAIKOL YENDER CONTRERAS BUENO, placa 2560. Se encuentra presente la abogada CARMEN ELENA LÓPEZ CALDERÓN, titular de la C.I. N° V-10.616.842 en su carácter de Consultor Jurídico de CORPOINTA, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente y cede el derecho de palabra a la parte actora quien expuso: “señalo para embargar el crédito existente en esta Institución a favor de CONSTRUCTORA E INVERSIONES McCORMICK Y ASOCIADOS C.A, provenientes del contrato de obra con el numero CORP-VA-PC-067-2006, celebrado entre Corpointa y la CONSTRUCTORA E INVERSIONES McCORMICK Y ASOCIADOS C.A, de la obra “PAVIMENTO RIGIDO SECTOR ALDEA TORNEADERO-EL BANCO, MUNICIPIO MICHELENA” es todo.” Seguidamente el Tribunal requiere de la Notificada la información correspondiente sobre el crédito señalado por la parte ejecutante, quien exhibe a este Tribunal de inmediato el expediente signado con el número CORP-VA-PC-067-2006, donde de la revisión del mismo puede observarse la existencia de un contrato entre la Corporación de Infraestructura, mantenimiento de obras y servicios del Estado Táchira y LA CONSTRUCTORA E INVERSIONES McCORMICK Y ASOCIADOS C.A cuyo objeto es la ejecución de la obra “PAVIMENTO RIGIDO SECTOR ALDEA TORNEADERO-EL BANCO, MUNICIPIO MICHELENA”. En tal sentido, la ciudadana Juez solicita a la notificada la información sobre el monto que en la actualidad adeuda CORPOINTA, a la CONSTRUCTORA E INVERSIONES McCORMICK Y ASOCIADOS C.A, con ocasión del referido contrato, quien expone lo siguiente: “la suma adeudada por el citado concepto no esta determinada en este momento por cuanto la empresa debe presentar la valuación corregida sin partidas no previstas, solo en ese momento podemos indicar con precisión cuando es la acreencia a favor de la referida empresa, en consecuencia, estamos imposibilitados de aportar la información requerida en este momento, es todo”. En este estado solicito el derecho de palabra el ciudadano Alfonso Roa Escobar, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio Manuel Guillermo Hernández Hernández, anterior identificado, y concedido como le fue expuso: “visto lo planteado la Consultora Jurídica de Corpointa, solicito la suspensión del presente acto en el día de hoy hasta lograr recaudar la información adecuada y así solicitar al Tribunal fije nueva oportunidad, es todo”. Seguidamente, el Tribunal visto lo solicitado por la parte ejecutante acuerda suspender la ejecución en el día de hoy, dejando a salvo el derecho que le asiste de solicitar nuevo traslado de este Tribunal, una vez que el crédito que pretende embargar se encuentre determinado y exigible. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:00 a.m. y prosigue con sus labores, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR,

ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,

ALFONSO ROA ESCOBAR
ABOGADO ASISTENTE


ABG. MANUEL GUILLERMO HERNANDEZ HERNANDEZ
EL FUNCIONARIO POLICIAL,



MAYKOL YENDER CONTRERAS BUENO
LA NOTIFICADA,


CARMEN LOPEZ CALDERON
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. MIRIAN CAROLINA MARTINEZ QUINTERO