JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 22 de julio de 2008.
198° y 149°
Visto el contenido del escrito de fecha 17 de julio de 2008, suscrito entre la abogada ANAIDA RONDON DE ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula N°.- V-9.468.797, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 52.900, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JOSE IGNACIO PACHECO CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.- V-4.208.563 por una parte y por la otra, la ciudadana MARLENE ESPERANZA SANCHEZ DE CASTRO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.686.675, asistida por el abogado GERMÁN ROLANDO PEÑARANDA RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.756, mediante la cual terminan el presente proceso a través de una TRANSACCIÓN, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria Temporal,

ABG. LUZ ADRIANA VIVAS VÉLEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 1:30 P.M., quedó registrada bajo el N° 155, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. LUZ ADRIANA VIVAS VÉLEZ
Secretaria Temporal

Exp. Nº 1599-2008
Lavv
Va sin enmienda