JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS IDNEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 02 de JULIO de 2008.
198º y 149º

Visto el contenido del acta de fecha 27 de junio de 2008, suscrita por los ciudadanos: TONY ALBERTO MEDINA MURO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.568.635 y domiciliado en Abejales, La Birmania II, Calle 9, casa N°.- 14, Municipio Libertador del Estado Táchira, y BASER MARY DEL CARMEN PARADA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.634.957 y domiciliada en la Calle 14 con carrera 8, casa N°.- 7-88, Pueblo Nuevo, Capacho, Municipio Independencia, mediante la cual solicitan se inicie el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de sus hijos xxxxxxxxxxxxxxxxx (se omite de conformidad con el artículo 65 de la LOPNA);; por cuanto se observa que no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley, se ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la anterior solicitud, inventaríese, désele entrada y prosígase el procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN. En consecuencia, visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado entre los ciudadanos TONY ALBERTO MEDINA MURO y BASER MARY DEL CARMEN PARADA GARCIA, ya identificados; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección del Niño y del Adolescente. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. LUZ ADRIANA VIVAS VÉLEZ
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 1602 /2008, se notificó al Fiscal XIV del Ministerio Público, quedó registrada bajo el N° 134 y se publicó siendo las 2:00 p.m.

Luz Adriana Vivas Vélez – Secretaria Temporal
Exp. Nº1602 -2008
Lavv
Va sin enmienda