REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Diecisiete de Julio de Dos Mil Ocho.
198° y 149°
Por recibido procedente del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de esta Circunscripción Judicial, y por cuanto se observa que en el acta de fecha 19 de Junio de 2.008, los Ciudadanos: CIELO NUBIA RODRIGUEZ y ENDER ENRIQUE PEREZ, llegaron a una conciliación en la cancelación de la cantidad adeudada por concepto de cuotas atrasadas de obligación de manutención y conforme con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, las partes en pleno uso de sus facultades y en libre expresión de su voluntad, acordaron fijar el monto y oportunidad de pago de la cantidad adeudada. Visto lo anterior este Tribunal acuerda conforme al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGAR, el anterior convenimiento, a fin que se proceda como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley lo declara Homologado. CÚMPLASE.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Abg. ANA RAMONA ACUÑA
Jueza Provisoria
Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ
Secretario Titular
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.