JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, (17) diecisiete de julio de dos mil ocho.
AÑOS: 198° y 149°
Vista la TRANSACCION celebrada en fecha 15 del presente mes y año, corriente al folio 50, entre los ciudadanos: abogada EDITH SULAMY GARCIA SANCHEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No.72.685, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, CONDOMINIO DEL CONJUNTO PRIVADO “VILLA VIZCAYA” y la ciudadana CHERRYNBELL CHAVEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.10.425.306, de este domicilio, obrando en nombre y en descargo de la demandada ciudadana HAYDA JOSEFINA VEGA DE VILLASMIL, asistida por la abogada LIGIA OMAÑA DE MEDINA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No.9.991; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, . Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, y archívese el expediente una vez conste en autos el cumplimiento de la misma.
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar
Secretario
En la misma fecha se dictó la anterior decisión a las once de la mañana (11:00 a.m.), quedando registrada bajo el No.650; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
El Secretario
deisyF.
Exp.11.477-08
|