REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
198 ° y 149 °
ASUNTO: SP01-L-2008-000281
PARTE ACTORA: El ciudadano WILMER ALFREDO MOLINA ANTIAS, identificado con la cédula Nro. V.16.410.495.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: FANNY DUNLLIN LIMA GAMEZ, LUIS EDUARDO MEDINA GALLANTI, RENZO BENAVIDES LIZARAZO, MARIA ANTONIA ANDREU SUAREZ, JONATHAN RAFAEL ARAQUE RODRIGUEZ, KARLASILENY SOSA MORENO, JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, EDUARDO JOSUE CHAVEZ CHAPARRO, NELLY YORLEY CASTAÑEDA CASTELLANOS y EMMA CORINA BUSTOS ARDILA, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.491.504, V-12.630.587, V-10.146.414, V-11.503.663, V-14.546.527, V-14-606.444, V-15.028.535, V-13.693.127, V-12.229.672 y V-13.708.522 respectivamente, con Inpreabogado Nros.73.645, 75.666, 48.448, 66.900, 97.378, 97.375, 111.036, 97.433, 97.697 y 103.246 en su orden.
PARTE DEMANDADA: El ciudadano SALOMON URIBE VARELA, identificado con la cedula N° V.-2.553.071.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JAIRO GUILLÉN, CAROLINA MACIAS PLATA e ISMAEL JOSÉ FERMÍN RAMÍREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.522.091, V-15.353.139 y V-11.947.020 en su orden, con Inpreabogado Nros.12.517, 111.310 y 63.981 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, Dos (02) de julio de 2008, siendo las 2:30 p.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el ciudadano WILMER ALFREDO MOLINA ANTIAS, identificado con la cédula Nro. V.16.410.495, el apoderado judicial de la parte actora JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.028.535, con Inpreabogado Nro. 111.036, tal como consta en poder otorgado ante la Notaria Pública Cuarta de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 17 de marzo de 2.008, anotado bajo el Nro.01, tomo 46 que se encuentran agregado en los folios 8 y 9 del presente asunto, la parte demandada el ciudadano SALOMON URIBE VARELA, identificado con la cedula N° V.-2.553.071, la apoderada judicial de la parte demandada ciudadana CAROLINA MACIAS PLATA, titular de la cédula de identidad Nro.V-15.353.139, con Inpreabogado Nro.111.310. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada pagará a la parte demandante ciudadano WILMER ALFREDO MOLINA ANTIAS, identificado con la cédula Nro. V.16.410.495, la suma de CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.f.5.000,00), los cuales serán cancelados de la siguiente manera: En este acto paga la suma de Bs.f.2.500,00 mediante cheque Nro.45000378, código cuenta cliente Nro.0116-0106-59-0004431260 a nombre del trabajador WILMER MOLINA contra el Banco Occidental de Descuento b.o.d. de fecha 02-07-2008, y en fecha 31-07-2008 la suma de Bs.f.2.500,00, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del Trabajador, por prestaciones sociales ni por ningún otro concepto. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de la relación laboral, ni por ningún otro concepto derivado de ella. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. En este acto se hace entrega de las pruebas presentadas en la audiencia preliminar de la siguiente manera: 1) A la parte demandante escrito de prueba constante de un (01) folio útil sin anexos, y 2) A la parte demandada escrito de prueba constante de dos (02) folios útiles sin anexos.
LA JUEZ


ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO.

LA SECRETARIA


TERESA MERCADO BELANDRIA

Los Presentes,


PARTE ACTORA:
WILMER ALFREDO MOLINA ANTIAS


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:
JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL


PARTE DEMANDADA:
SALOMON URIBE VARELA


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
CAROLINA MACIAS PLATA