JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 08 de julio de 2008.-
198º y 149º
Recibido por distribución, constante todo de treinta y dos ( 32 ) folios útiles. Fórmese expediente e inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente, admitiéndose la presente solicitud.- Y por cuanto de la revisión de los recaudos presentados se observa, que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos, GERSON EMIRO, BELKYS CECILIA, FREDY ANTONIO, LEITMAN GUADALUPE, JAIRO OSCAR, NELIO ABDON Y MARIA MATHIXA GIL todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V-5.653.075, V-5.034.909, V-4.632.742, V-5.023.581, V-3.429.287, V-3.623.364 y V-3.311.318 en su orden y hábiles, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida la ciudadana MARIA OLIVA GIL, quién era venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 167.357, soltera, quién en vida estaba domiciliada en Pregonero, Municipio Uribante del Estado Táchira; en su carácter de ascendiente sobreviviente de la referida ciudadana. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.-

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA

LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.