REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 29 de julio de 2008.-

198° y 149°

Recibida por distribución, constante todo de veinte (20) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud presentada por la ciudadana CARMEN TERESA CARVAJAL CAICEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.446.086, de este domicilio y hábil, asistida por la abogada Aura Cecilia Bonilla Gutiérrez, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 48.478. Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de las declaraciones de los ciudadanos PEDRO HUGO RAMÍREZ DÍAZ y ANAIS HERRERA ARAQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.144.052 y V-3.430.225 respectivamente, con domicilio en el Municipio Junín del Estado Táchira y hábiles; vista el Acta de Defunción No. 19 de fecha 21 de enero de 2007, expedida por el Registrador Civil del Municipio Junín del Estado Táchira, perteneciente al de cujus JOSÉ RODRIGO CARVAJAL, quien fuera mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.893.056; vista igualmente las partidas de Nacimiento No. 1523 de fecha 19 de diciembre de 1968, perteneciente a la ciudadana CARMEN TERESA CARVAJAL CAICEDO, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira, No. 751 de fecha 18 de julio de 1970, perteneciente al ciudadano JOSÉ HERNÁN CARVAJAL CAICEDO, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira, No. 839 de fecha 01 de septiembre de 1971, perteneciente al ciudadano JOSÉ RODRIGO CARVAJAL CAICEDO, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira, No. 1116, de fecha 16 de noviembre de 1972, perteneciente a la ciudadana OLIVA CARVAJAL CAICEDO, expedida por el Registro Civil del Municipio Junín del Estado Táchira, No. 219, de fecha 15 de diciembre de 1994, perteneciente a la ciudadana YENIFER LEOMARY CARVAJAL NARVÁEZ, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Bramón, Municipio Junín del Estado Táchira y No. 25 de fecha 27 de diciembre de 2004, perteneciente a la ciudadana YURIANY MAIRUTH CARVAJAL NARVÁEZ, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Bramón, Municipio Junín del Estado Táchira; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarles a los ciudadanos CARMEN TERESA CARVAJAL CAICEDO, JOSÉ HERNÁN CARVAJAL CAICEDO, JOSÉ RODRIGO CARVAJAL CAICEDO, OLIVA CARVAJAL CAICEDO, YENIFER LEOMARY CARVAJAL NARVÁEZ y YURIANY MAIRUTH CARVAJAL NARVÁEZ, venezolanos, los cuatro primeros mayores de edad, menores los restantes, los mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-9.466.086, V-9.466.087, V-11.109.096 y 11.109.593 respectivamente, los menores bajo representación de la ciudadana FLOR DE MARÍA NARVÁEZ, con cédula de identidad No. V-13.364.282, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de hijos del causante JOSÉ RODRIGO CARVAJAL, quien falleció ab-intestato en la Avenida Principal Calle la Cascada, Casa s/n, Sector Cumbres Andinas, Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, el día 20 de enero de 2007, según consta de acta de defunción arriba señalada. Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-



Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez Jocelynn Granados
Secretaria


JMCZ/cm.-


En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Exp: 5391
Jocelynn Granados
Secretaria